La JEP empieza a juzgar los casos más graves del conflicto armado colombiano

Nación
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La Jurisdicción Especial de Paz, columna vertebral del acuerdo de paz entre el Gobierno Nacional y las Farc, comenzará a escuchar a las víctimas para conocer las violaciones de derechos humanos que vivió el país durante más de 50 años de guerra.

Inicialmente, funcionará por un término de quince años, pero podrá ser extendida por cinco más, y su objetivo es conocer los hechos cometidos por agentes de la fuerza pública y miembros de las Farc.

También podrán acogerse los agentes del Estado que no hayan sido miembros de la fuerza pública y los terceros civiles que se acerquen voluntariamente a la JEP.

La jurisdicción se centrará en las víctimas de “graves violaciones” a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario mientras analizan qué casos aplican para este mecanismo y no para la justicia ordinaria, por lo que, según Rodrigo Rivera, Alto Comisionado para la Paz, demuestra que “no habrá impunidad”.

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Dentro de esa categoría se incluyen “aquellos hechos de violencia cometidos en el marco del conflicto armado que pueden ser considerados graves y representativos” como genocidio, los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.

También se incluyen la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado y el reclutamiento de menores de edad.

La JEP establecerá sanciones con enfoque restaurativo como trabajos y obras relacionados con el desminado o la reparación de infraestructuras. Además, podrá decretar medidas de reparación simbólica.

La JEP está compuesta por tres Salas de Justicia: la de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad de Determinación de los Hechos y Conductas; la de Definición de Situaciones Jurídicas y la de Amnistía o Indulto.

Entre las sanciones que impondrá están las “propias”, aquellas que implican reparación del daño causado e incluyen restricción de la libertad en establecimientos no carcelarios de cinco a ocho años y las “alternativas”, que suponen penas de prisión por el mismo periodo de tiempo.

Finalmente, se incluyen sanciones “ordinarias”, que suponen una privación de la libertad en establecimiento carcelario de 15 a 20 años. Esa última sanción se impondrá a quienes no reconozcan responsabilidad y sean hallados culpables.

Con EFE.

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