Gobierno modifica el FOES: subsidios de energía y proyectos renovables para hogares vulnerables en Colombia
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Visitar sitioLa nueva regulación prioriza inversiones en energías limpias y flexibiliza la facturación para zonas rurales y urbanas.
El Gobierno Nacional emitió el decreto 0526 del 21 de mayo de 2026, una medida normativa que transforma la manera en que el Fondo de Energía Social (FOES) opera y entrega subsidios de energía eléctrica a hogares vulnerables. De acuerdo con la información disponible, el objetivo central de esta modificación es ampliar el acceso a la electricidad en regiones afectadas por pobreza energética, enfocándose especialmente en zonas rurales apartadas, barrios subnormales y áreas con problemas históricos de pérdidas y dificultad de recaudo.
Uno de los puntos más significativos del decreto es que el FOES ya no se limitará a otorgar descuentos en las facturas a usuarios de los estratos 1 y 2. A partir de esta regulación, el fondo podrá financiar proyectos con Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER), como instalaciones solares y soluciones energéticas comunitarias. Esta acción busca apoyar, sobre todo, a la región Caribe, reconocida por presentar elevados niveles de pérdida técnica y dificultades en la prestación del servicio, según establece la norma.
Para los hogares más vulnerables, la continuidad del subsidio, de hasta 92 pesos por kilovatio hora consumido en subsistencia, representará un alivio en el pago mensual de energía. A esto se suman nuevas responsabilidades para las empresas comercializadoras: si no aplican el subsidio en las facturas dentro del plazo de seis meses, deberán reintegrar los recursos al FOES en máximo un mes.
El decreto también impulsa proyectos energéticos renovables en comunidades vulnerables, permitiendo la estructuración de “comunidades energéticas” que podrán administrar soluciones locales y cubrir las necesidades básicas de energía de la población. La infraestructura tecnológica financiada con recursos públicos continuará siendo propiedad de la Nación, aunque después será cedida gratuitamente a las alcaldías para garantizar sostenibilidad y operación.
Respecto a la facturación, se establece un periodo de transición de doce meses para desmontar gradualmente la facturación comunitaria, que solo podrá mantenerse posteriormente en barrios subnormales. Estas son áreas urbanas que no cumplen con los requisitos legales y técnicos para recibir el servicio regular y requieren esquemas especiales de subsidio. Para otras áreas, las empresas deberán optar por medición individual o facturación proyectada.
Se amplía además el acceso a esquemas de prepago y facturación flexible, ajustando los cobros a la capacidad de pago de los hogares. El decreto redefine las áreas especiales que acceden al FOES, implementando el Medidor de Desempeño Municipal (MDM) del Departamento Nacional de Planeación (DNP) para determinar el acceso en zonas rurales. También se precisan criterios para barrios subnormales y áreas de difícil gestión.
Finalmente, el FOES recibirá el 100% de las rentas de congestión provenientes de exportaciones de energía eléctrica, recursos recaudados por el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC), manteniendo además el recaudo adicional de hasta 2,10 pesos por kilovatio hora transportado.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Qué cambios trae el decreto 0526 de 2026 para los subsidios de energía del FOES?
El decreto 0526 modifica el alcance del Fondo de Energía Social (FOES) permitiendo que, además del tradicional descuento en las facturas de los estratos 1 y 2, los recursos se utilicen en proyectos de energías renovables y soluciones comunitarias. También introduce nuevas responsabilidades para las comercializadoras, endureciendo los controles sobre la aplicación y devolución de los subsidios, y redefine los criterios para acceder a los beneficios.
¿Qué son las rentas de congestión y cómo financian los subsidios eléctricos?
Las rentas de congestión son ingresos que obtienen las empresas generadoras por la exportación de energía eléctrica hacia países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, en el marco de acuerdos regionales. El decreto estipula que el FOES recibirá el 100% de esas rentas para financiar los subsidios, junto con el recaudo por kilovatio hora transportado en el sistema nacional.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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