Bogotá
Problemas en la iglesia del padre Chucho: vecinos ya no aguantan más lo que está pasando
Se pactaron en los acuerdos de paz con la Farc para darles participación a las regiones marginadas por el conflicto armado.
Pero la oposición asegura que es una forma camuflada de entregárselas al naciente partido político.
Las curules, llamadas técnicamente ‘circunscripciones especiales’, fueron votadas positivamente en el Senado por 50 votos contra 7, pero, teóricamente, no fueron aprobadas porque no alcanzaba a ser mayoría, pues esta corporación tiene 102 parlamentarios.
Pero el Gobierno hizo cuentas diferentes basado en sentencias de la Corte Constitucional, gracias a que 3 congresistas están en la cárcel: Bernardo ‘Ñoño’ Elías, Musa Besaile y Martín Morales.
“O sea que el número de senadores pasa de 102 a 99. Fueron 50 votos y hacen la mayoría de 99”, dijo Juan Manuel Santos.
El columnista de El Espectador Rodrigo Uprimny le da la razón al Presidente y explica:
“Ahora bien, según doctrina uniforme y jurisprudencia reiterada de hace años del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, la mayoría absoluta consiste en obtener más votos que la mitad de los integrantes de la corporación. Por ello, cuando el número de integrantes es impar, la mayoría absoluta es el número entero superior de la mitad aritmética del número de integrantes… La mayoría absoluta en el Senado es entonces 50, que es el entero superior de la mitad aritmética de 99, que es 49,5”, dice Uprimny.
Sin embargo, otras son las cuentas que hace la columnista María Isabel Rueda en El Tiempo, que explica que para el ‘quorum’ se descuentan las sillas vacías de los senadores detenidos (3), “porque expresamente lo permite el artículo 134 de la Constitución, modificado en el año 2009. Pero no para la votación calificada”.
Agrega que el número de 102 senadores, “hasta que no le revoquen la curul a alguno de los detenidos, es un referente de que la Constitución, donde depositamos el acuerdo social básico de lo que creemos deben ser las reglas de ejercicio del poder para que sea legítimo, no pueden modificárnosla sin un consenso que inequívocamente muestre como verdadero que la fracción de la comunidad que apoya una innovación es superior a la mitad absoluta de la representación”.
Y lamenta que para salvar las curules de una mayoría inalcanzable, “algún inteligente propuso quitarle tres votos a la mayoría absoluta requerida para que esta fuera ya no de 51, sino de 50 votos”.
En todo caso, la decisión de aceptar esta tesis está en manos del Congreso, y de rechazarse, será la Corte Constitucional la que decida.
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