Violencia sexual como arma de guerra: los crímenes que la JEP imputó a exjefes de las Farc

JEP imputa a exintegrantes de las Farc por crímenes de guerra y violencia sexual durante el conflicto armado en Colombia

Nación
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El 3 de noviembre de 2026, la JEP imputó cargos por delitos atroces a once antiguos miembros de las Farc.

En abril de 1994, María* vivió uno de los episodios más oscuros y violentos de la historia del conflicto armado en Colombia. Cuatro hombres armados, vestidos con camuflados y portando brazaletes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc), irrumpieron en su casa en Segovia, en el departamento de Antioquia. Estos hombres, miembros del bloque Magdalena Medio de las Farc, llegaron con la intención de cobrar una supuesta deuda que, según ellos, tenía el esposo de María, quien había sido asesinado tiempo atrás por negarse a pagar una extorsión a ese mismo grupo armado.

Durante su incursión, los guerrilleros sometieron a María a vejámenes inimaginables: la agredieron físicamente con un arma blanca al tiempo que abusaban sexualmente de ella. Al finalizar, pronunciaron una frase que marcaría su vida: "La deuda estaba saldada". El caso de María es solo un ejemplo entre los 486 crímenes reconocidos formalmente por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) el 3 de noviembre de 2026, por los cuales 11 exintegrantes de las Farc recibieron cargos por crímenes de guerra y de lesa humanidad. Así lo registraron tanto el informe de la JEP como la cobertura noticiosa sobre los hechos y las víctimas.

De acuerdo con información oficial de la JEP, los exguerrilleros imputados formaron parte de los bloques Caribe y Magdalena Medio de las Farc. Entre ellos se encuentran dos figuras reconocidas que llegaron a ser miembros del último secretariado de este grupo armado ilegal: Rodrigo Londoño, conocido como “Timochenko”, y Pastor Alape. La imputación responde a los casos 10 y 11 de la JEP. El primero investiga crímenes cometidos por las Farc durante el conflicto armado y que, por su gravedad, no son susceptibles de amnistía. El segundo se centra en la violencia basada en género, sexual y reproductiva, evidenciando la dimensión particular que tuvo este tipo de delitos durante el conflicto.

La decisión revela la existencia de un patrón criminal sostenido a lo largo del tiempo; un patrón que la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP ha documentado anteriormente: la violencia sexual fue utilizada sistemáticamente por las Farc como arma de guerra. La forma en que estos crímenes fueron planificados y ejecutados demuestra, según la JEP, que hubo una intención clara de someter, castigar y aterrorizar a poblaciones enteras, empleando la violencia de género como herramienta de control y represión.

* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿Qué significa crimen de lesa humanidad imputado por la JEP a exintegrantes de las Farc?

El crimen de lesa humanidad es una categoría legal que se refiere a actos cometidos como parte de un ataque sistemático o generalizado contra una población civil; incluye delitos como asesinato, violación o persecución. En este caso, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó este tipo de crímenes a exintegrantes de las Farc por su responsabilidad en cientos de hechos de extrema gravedad relacionados con el conflicto armado colombiano.

¿Por qué la violencia sexual fue considerada un arma de guerra por la JEP en el caso de las Farc?

La JEP explicó que los patrones de violencia sexual cometidos por las Farc, como el caso de María en Segovia, Antioquia, evidencian el uso sistemático de este tipo de violencia como herramienta de guerra. Este patrón tenía como objetivo el sometimiento, la represión y la intimidación de las víctimas y comunidades, constituyendo así una forma grave y deliberada de violación de derechos humanos en medio del conflicto armado.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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