No todo insulto en Facebook afecta derechos fundamentales: Corte Constitucional

Nación
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La gravedad de los señalamientos que se publiquen en esa red social debe ser establecida únicamente por un juez, indicó el alto tribunal en un fallo de tutela.

En el caso revisado por la Corte, una mujer denunciaba a “unos pasquines” que habrían afectado su honra y buen nombre por medio de unas publicaciones que habrían provocado “comentarios ofensivos y amenazas en su contra, lo cual la hacía temer que pudieran tomarse represalias contra ella y su familia”, según RCN Radio.

El alto tribunal, continúa la emisora, consideró que la publicación no tenía el impacto suficiente como para vulnerar los derechos de la denunciante y aclaró que la persona que se considere afectada no puede establecer el nivel de afectación.

“La gravedad no depende en ningún caso de la impresión personal, ni de la interpretación que éste tenga de ella, sino del margen razonable de objetividad que permita al juez avizorar la lesión del núcleo esencial de los derechos a la honra y al buen nombre”, concluye el fallo citado por RCN.

La decisión que difunde este medio de comunicación se conoce apenas días después de la audiencia citada por la misma Corte, para estudiar el tema de la libertad de expresión en la web, y cuya sentencia espera el país.

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