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Buenas noticias para profesores en Colombia por novedad en su modelo de salud
El alto tribunal estableció un tiempo de seis meses para que el Ministerio de Salud regule la interrupción voluntaria del embarazo en los 3 casos permitidos.
El fallo de la Corte ordena que el Ministerio de Salud y Protección “emita una regulación única en la cual se garantice la interrupción voluntaria del embarazo en los casos despenalizados en la sentencia C-355 de 2006”, cita La W.
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El alto tribunal agrega, de acuerdo con la emisora, que el Gobierno deberá “aplicar y desarrollar las reglas extraídas de la jurisprudencia constitucional relacionadas en los numerales 36 al 83 de esta providencia, y los demás aspectos que considere pertinentes para la realización de dicho procedimiento en el sistema de seguridad social en salud, de manera oportuna y segura para la mujer. Dicha regulación deberá ser puesta en conocimiento de todas la EPS e IPS del país, y deberá contener las sanciones correspondientes frente a su incumplimiento”.
El año pasado se había ratificado que una mujer puede abortar siempre y cuando el embarazo constituya peligro para la vida de la madre, cuando exista una malformación del feto o cuando sea producto de una violación, recuerda La W.
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