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Los magistrados del alto tribunal votaron y con un resultado de 6 contra 3 se declararon inhibidos para estudiar la ponencia y emitir un nuevo fallo.
En ese sentido, las causales que permiten a las mujeres en Colombia abortar legalmente siguen siendo por riesgo físico o mental para la madre, por malformaciones en el feto y por violación como se decidió en 2006.
Lo que buscaba la ponencia del magistrado Alejandro Linares era despenalizar por completo la interrupción involuntaria del embarazo hasta las 16 semanas. Es decir, que después del primer trimestre, las causales seguían siendo las mismas, según la propuesta.
Junto con Linares, los magistrados Alberto Rojas y José Fernando Reyes votaron para extender este derecho de las mujeres, pero la mayoría de la Sala Plena de la Corte Constitucional se opuso y la ponencia se archivará, indicó Semana.
Es decir, que en contra estuvieron Cristina Pardo, Diana Fajardo, Gloria Ortiz, Antonio José Lizarazo, Guillermo Guerrero y Carlos Bernal.
Esto porque los magistrados consideraron que “la demanda era inepta, es decir, no cumplía con todos los requisitos para poder hacer un análisis y pronunciamiento de fondo”, afirmó El Tiempo.
Dicha demanda la había interpuesto la abogada Natalia Bernal Cano para que se reconocieran los derechos de los niños antes de nacer y tumbar las tres causales.
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