Economía
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La orden la dio la Corte Constitucional al fallar la tutela que puso una mujer después de una complicación por una cirugía en los glúteos.
El tribunal, en la sentencia, dice que si bien el ciudadano es el primer responsable por su salud, “el sistema de salud deberá asistirlo” cuando se producen situaciones “ajenas a su voluntad”, como la vejez, las enfermedades o los accidentes.
“Bajo este entendido, quien acude a las intervenciones quirúrgicas con fines de modificar estéticamente una parte de su cuerpo […] no suele entender y asumir todos los posibles efectos secundarios o negativos de este tipo de procedimientos”, explica la Corte Constitucional.
En el caso de la mujer que interpuso la tutela, ella le pidió a Sanitas “una cirugía reconstructiva con el fin de recuperar su salud y el nivel de funcionalidad su cuerpo”, pues un biopolímero llegó a otras partes de su cuerpo diferentes a sus glúteos, relata el tribunal.
En la misma sentencia, la Corte se pronunció sobre el caso de una mujer que se puso unos implantes mamarios hace 10 años. Uno, el de se seno izquierdo, se rompió, según ella, durante un examen de mamografía en la EPS Servicio Occidental de Salud, el 30 de diciembre de 2015.
Sin embargo, después de unos exámenes, no se pudo comprobar que la causa de “la rotura del implante hubiese sido el examen de mamografía”.
Además, el 30 de noviembre de 2016, un médico la examinó y “concluyó con que no se veía alteración en su salud y condición física”, por lo que le advirtió que “cualquier atención médica que tuviese que ver con los implantes y su posible retiro no sería asumida por la EPS”, dice el fallo.
La mujer puso una tutela, pero un juez, en segunda instancia, la negó, y la Corte ratificó la decisión. ¿Por qué?
Primero, el tribunal explica que el tipo de implante que tenía la mujer estaba por cumplir el máximo tiempo recomendado para tenerlo dentro del cuerpo, pues después de 10 años debe ser cambiado.
Asimismo, la American Society of Plastic Surgeons “aclara que los implantes no dañan la salud de los senos”, cita la Corte,
De igual la manera, según la organización mencionada, el cirujano debió advertirle a ella las posibles complicaciones por la cirugía, y que para intervenciones como esa se debe firmar un “formulario de consentimiento informado”.
Por esa razón, y teniendo en cuenta que no se puede determinar que la mamografía haya sido la causa de la rotura, la Corte negó la tutela.
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