Corte Constitucional ordena que EPS no pueden suspender tratamientos médicos por demoras administrativas o problemas con proveedores
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El Espectador es el periódico más antiguo del país, fundado el 22 de marzo de 1887 y, bajo la dirección de Fidel Cano, es considerado uno de los periódicos más serios y profesionales por su independencia, credibilidad y objetividad.
Visitar sitioEl caso evidenció demoras de más de siete meses en la autorización y suministro de insumos claves.
La Corte Constitucional reiteró a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) que no pueden interrumpir ni retrasar un tratamiento médico por inconvenientes administrativos o problemas con sus proveedores, estableciendo un precedente fundamental en la protección de los derechos de los usuarios del sistema de salud. Esta postura de la Corte surge tras el caso de Santiago, un niño de siete años afiliado a la EPS Famisanar, quien vio vulnerados sus derechos cuando no fue garantizada una cirugía para corregir una deformidad en su brazo, pese a la existencia de una orden médica clara.
La situación se originó cuando, en febrero de 2025, el médico tratante de Santiago ordenó realizar una osteotomía de húmero, un procedimiento específico para corregir el hueso afectado tras su fractura, y solicitó también el material de osteosíntesis, elementos indispensables para fijar el hueso durante la intervención. Según lo reportado por El Espectador, la operación nunca se concretó porque la EPS no proporcionó el material necesario. La clínica responsable informó que no podía programar la cirugía ante la falta de insumos. A esto se sumó la respuesta confusa de los proveedores: uno manifestó que el material disponible no era adecuado para la técnica quirúrgica requerida y otro aseguró que jamás recibió la orden de suministro.
De acuerdo con la decisión de la Corte Constitucional, ninguna de estas justificaciones exime a la EPS de su obligación principal: gestionar su red de clínicas y proveedores para garantizar el acceso efectivo y seguro al servicio de salud. Frente al caso, la Sala Quinta de Revisión, encabezada por la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez y los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Vladimir Fernández Andrade, determinó que Famisanar vulneró los derechos a la salud, la dignidad y la seguridad social del menor. Se evidenció que, aunque las órdenes médicas se emitieron el 11 de febrero de 2025, la EPS solo las autorizó el 8 de septiembre de ese año y además no entregó el material indispensable, interrumpiendo así el proceso médico.
La Corte enfatizó tres principios fundamentales del derecho a la salud: oportunidad, que exige atención sin demoras injustificadas; continuidad, que impide suspender tratamientos por razones administrativas; e integralidad, que obliga a cubrir todas las etapas del proceso médico. Además, resaltó que los derechos de los niños tienen prioridad y protección especial del Estado. En ese sentido, todo dispositivo médico esencial, como el material de osteosíntesis para la osteotomía de húmero —cubierto con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC)—, debe ser garantizado por la EPS. Los conflictos internos o contractuales nunca pueden justificar el incumplimiento de una orden médica.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Por qué las EPS no pueden suspender tratamientos médicos por problemas con proveedores?
La Corte Constitucional dejó claro que las EPS son las responsables principales de garantizar la prestación efectiva de servicios de salud a sus afiliados, según lo señalado por El Espectador. Por ello, los problemas administrativos, contractuales o con sus proveedores no son una justificación válida para suspender, retrasar o no cumplir una orden médica, ya que esto vulnera derechos fundamentales como la salud y la dignidad humana.
¿Qué es una osteotomía de húmero y por qué requiere material de osteosíntesis?
La osteotomía de húmero es un procedimiento quirúrgico utilizado para corregir deformidades en el hueso del brazo. Requiere material de osteosíntesis, elementos esenciales que permiten fijar y estabilizar el hueso durante y después de la intervención, garantizando así una recuperación adecuada y segura para el paciente.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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