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El plazo que concedió el alto tribunal es de hasta cuatro meses, tiempo en el que el MinSalud deberá proceder a cumplir lo que ordenó la Corte en una sentencia.
Este tiempo empieza a correr a partir de la fecha en que se haga la notificación del auto, explicó la Corte Constitucional en su cuenta de Twitter, y agregó que la extensión es al tiempo que había pedido el Ministerio de Salud para reglamentar la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
La Corte hace referencia al proyecto que presentó el MinSalud sobre el tema del aborto, y que generó una controversia entre quienes respaldan esta iniciativa y quienes la cuestionan amparados en el derecho a la vida.
Debido a este debate, en el que hasta la Iglesia católica sentó su posición, el Ministerio emitió un comunicado donde explica que el aborto en Colombia está “despenalizado desde hace 13 años” en tres casos específicos.
El primer caso contempla la interrupción del embarazo cuando constituya un riesgo para la salud de la madre, cuando se detecte que el feto sufre malformaciones que puedan afectar su desarrollo y cuando se demuestre que el resultado fue producto de una violación o incesto.
Eso sí, el MinSalud aclaró que las dos primeras situaciones deben estar certificadas por un médico, y que en cuanto al tercer caso debe haber sido previamente denunciado.
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