Suspenden decreto que les permitía a los sindicatos negociar con holdings empresariales

Consejo de Estado suspende decreto de negociación colectiva de sindicatos expedido por el gobierno Petro en Colombia

Nación
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La suspensión impacta tanto a sindicatos como a empresarios, alterando las actuales reglas de negociación colectiva.

La Sección Segunda del Consejo de Estado tomó una decisión relevante en la tarde del 2 de octubre al suspender de manera provisional los efectos del Decreto 234 de 2026, expedido por el gobierno del expresidente Gustavo Petro, según reportó El Espectador. Este decreto otorgaba nuevas facultades a los sindicatos, permitiéndoles negociar, mediante pliegos de peticiones unificados, no solo con empresas individuales sino también con holdings empresariales y sectores económicos completos. Así, los sindicatos podían ampliar su capacidad de negociación en distintos niveles, abarcando conversaciones con varios empleadores simultáneamente, lo cual representaba una modificación importante del marco vigente hasta ese momento.

El origen del Decreto 234 radica en una promesa del anterior Gobierno Nacional de fortalecer la negociación colectiva y proteger el derecho a la huelga de los trabajadores. Para ello, desde el Ejecutivo se modificó el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo de 2015, buscando que los sindicatos tuvieran mayor protagonismo frente a empresas de diferentes tamaños y sectores. Cabe resaltar que dicha medida se había eliminado previamente de la reforma laboral donde inicialmente estaba incluida, para luego ser impuesta vía decreto.

Sin embargo, la iniciativa encontró resistencias firmes entre algunos gremios económicos. La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), la Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC), la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco) y la Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Acopi) demandaron el decreto. Estas organizaciones argumentaron que la orden del Gobierno sobrepasaba sus facultades y colocaba en desventaja a las empresas pequeñas frente a los grandes grupos empresariales, dado que todos deberían sentarse a negociar en igualdad de condiciones con los sindicatos, sin distinguir el tamaño o capacidad de cada compañía.

El Consejo de Estado explicó que tales asuntos debían ser gestionados por el Congreso de la República y no decididos directamente por el Ejecutivo. De acuerdo con ese tribunal, "el despacho decretará la suspensión provisional de los efectos del Decreto 234 del 6 de marzo de 2026 porque se acreditó, en sede cautelar, su contradicción con normas superiores (...), al exceder la potestad reglamentaria del presidente de la República y desconocer la reserva de ley en materia laboral". De esta manera, mientras se toma una decisión definitiva, los sindicatos tendrán que volver a negociar con cada empresa de forma individual y sin la facultad de usar pliegos colectivos sectoriales.

¿Por qué fue suspendido el Decreto 234 de 2026 sobre negociación colectiva de sindicatos?

El decreto fue suspendido por el Consejo de Estado porque consideró que el gobierno del expresidente Gustavo Petro excedió sus facultades al regular por decreto asuntos que, según el tribunal, son materia de ley y competencia exclusiva del Congreso de la República. Así, se concluyó que el presidente no tenía potestad reglamentaria para imponer directamente las reglas de negociación colectiva entre sindicatos y sectores empresariales.

¿Cuáles eran los principales argumentos de los gremios empresariales contra el decreto de negociación colectiva?

Los gremios como Andi, SAC, Fenalco y Acopi argumentaron que el Decreto 234 colocaba a las pequeñas empresas en una situación de desventaja, ya que debían negociar en igualdad de condiciones con sindicatos que representaban a grandes grupos empresariales o sectores, lo que según ellos afectaba el equilibrio y la competencia en el ámbito laboral colombiano.

* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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