Balance de la Secretaría de Seguridad sobre diez años del Código de Convivencia en Bogotá y sus impactos ciudadanos

Bogotá
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El modelo priorizó el diálogo comunitario y acciones preventivas, generando alianzas clave en Bogotá.

A una década de la entrada en vigor de la Ley 1801 de 2016, conocida como Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia (SDSCJ) presentó su balance sobre los avances logrados en Bogotá. Según datos de la propia Secretaría, más de dos millones de personas han sido impactadas por estrategias diseñadas para prevenir comportamientos contrarios a la convivencia. Cerca de 355.000 ciudadanos recibieron orientación para gestionar sus comparendos, lo que revela un trabajo sostenido en el acompañamiento y la pedagogía para transformar la cultura ciudadana.

En estos diez años, la Dirección de Prevención y Cultura Ciudadana de la Secretaría Distrital de Seguridad consolidó un enfoque basado en la prevención y la corresponsabilidad, privilegiando acciones pedagógicas sobre las sanciones. Esta estrategia fortaleció comportamientos enfocados en el respeto de las diferencias, la solución pacífica de conflictos y acuerdos comunitarios que han impactado favorablemente la vida cotidiana en la capital.

Las acciones incluyeron intervenciones para solucionar problemáticas frecuentes como riñas en zonas de rumba y entornos escolares, el manejo inadecuado de residuos, el cuidado ambiental de cerros, senderos y humedales, así como la prevención del porte de armas y el consumo de sustancias psicoactivas cerca de instituciones educativas. De acuerdo con información oficial, los Planes Preventivos Distritales han beneficiado a más de 1,9 millones de personas, especialmente en fechas de alta concurrencia como el Día de la Madre, Halloween o Navidad.

Alejandro Reyes Lozano, director de Prevención y Cultura Ciudadana, explicó que este modelo permitió que la Policía concentre sus capacidades en la persecución del delito, mientras los funcionarios públicos y la ciudadanía trabajan juntos para anticipar y prevenir comportamientos que puedan afectar la convivencia. Además, la Secretaría ha fortalecido durante esta década un sistema integral de atención para orientar y ofrecer alternativas pedagógicas a quienes reciben medidas correctivas.

Entre los resultados más destacados, sobresalen más de 17.000 actividades pedagógicas de convivencia, la certificación de 103.962 personas en esas actividades, la recuperación y embellecimiento de espacios públicos mediante 10.588 programas comunitarios restaurativos, y el apoyo a 11.317 ciudadanos certificados en estos programas. Los pagos de comparendos ascendieron a 116.087 a través de la plataforma LICO (Liquidación y Cobro), que permite consultas y pagos en línea, sin filas ni intermediarios. El índice de satisfacción ciudadana ante la atención recibida alcanzó el 95 %, según reporta la Secretaría.

Cabe resaltar que los ciudadanos con multas tipo 1 o tipo 2 pueden reemplazar el pago económico por la participación en actividades pedagógicas, siempre y cuando soliciten esta alternativa en los cinco días hábiles siguientes a la imposición del comparendo. Si la multa no se cancela en seis meses, la persona puede enfrentarse a restricciones para ocupar o ascender en cargos públicos, contratar con el Estado o recibir permisos de alcaldías.

La Secretaría recomienda a la ciudadanía estar al día con sus compromisos y usar canales oficiales como la línea de emergencias 123 para denunciar hechos contrarios a la convivencia.

¿Cómo se puede pagar un comparendo por convivencia en Bogotá?

Para pagar un comparendo por convivencia en Bogotá, se debe ingresar a la plataforma LICO, digitar el número de documento, actualizar los datos personales, seleccionar la opción de pago, realizarlo y descargar el comprobante enviado al correo electrónico. Este proceso es digital, sin filas ni intermediarios, y facilita al ciudadano ponerse al día con sus obligaciones legales.

¿Qué alternativas existen al pago económico de multas por convivencia?

Las personas que hayan recibido una multa tipo 1 o tipo 2 pueden optar por saldar su obligación mediante la participación en actividades pedagógicas de convivencia. Para acceder a este beneficio, deben solicitar el agendamiento de la actividad dentro de los cinco días hábiles posteriores a la imposición del comparendo, a través del formulario habilitado por la Secretaría Distrital de Seguridad.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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