Bogotá: plazo para declarar y pagar la retención de ICA vence el 18 de septiembre de 2026
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Bogotá cuenta con un espacio de información muy completo donde la ciudadanía, residentes y extranjeros pueden consultar la información que les interesa sobre Bogotá, su historia, sus localidades, la gestión y principales noticias de la Administración Distrital.
Visitar sitioDurante 2026, el distrito espera recaudar cerca de 1,3 billones de pesos por este concepto.
Declarar y pagar a tiempo las retenciones del impuesto de Industria y Comercio (ICA) es una tarea clave para la administración y el desarrollo de Bogotá. De acuerdo con la información de la Secretaría de Hacienda, los agentes retenedores tienen plazo hasta el viernes 18 de septiembre para cumplir con la obligación correspondiente al cuarto bimestre de 2026, es decir, la retención aplicada sobre los pagos realizados durante julio y agosto. El cumplimiento de esta fecha no solo evita sanciones e intereses, sino que además garantiza que los recursos anticipados ingresen a las finanzas de la ciudad, fortaleciendo su capacidad de inversión en distintos sectores.
Pablo Verástegui, director de Impuestos de Bogotá, enfatizó la importancia de cumplir puntualmente con la declaración y el pago: "Queremos recordarles a los agentes retenedores que tienen hasta el 18 de septiembre para cumplir con esta obligación. Hacerlo dentro del plazo evita sanciones e intereses y permite que estos recursos ingresen oportunamente a las finanzas de la ciudad. La recomendación es revisar previamente la información y realizar el trámite con anticipación".
El mecanismo conocido como ReteICA corresponde a la retención anticipada de una parte del ICA que los agentes descuentan directamente cuando efectúan ciertos pagos o abonos en cuenta. Posteriormente, estos valores deben ser declarados y transferidos a la administración distrital. Esta función de agente retenedor recae, según la Secretaría de Hacienda, en entidades de derecho público, grandes contribuyentes definidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), así como otros designados por resoluciones específicas y los intermediarios o terceros que intervienen en transacciones sujetas a retención.
La gestión puede realizarse completamente en línea a través del portal www.haciendabogota.gov.co, eligiendo la opción ICA–ReteICA dentro del módulo de Pagos Bogotá. Además, existe la posibilidad de generar el recibo para hacer el pago presencial en entidades financieras autorizadas. La Secretaría de Hacienda aconseja no dejar el trámite para el último día, revisar cuidadosamente la información a reportar y actuar siempre mediante canales oficiales.
Vale la pena recordar que los agentes están obligados a expedir anualmente el certificado de retenciones, donde deben identificar al retenedor, al retenido, el concepto y el monto de lo retenido, lo que adiciona transparencia al proceso.
¿Qué es la retención en la fuente por ICA y quiénes son agentes retenedores?
La retención en la fuente por impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un mecanismo de recaudo anticipado que obliga a determinadas personas o entidades —como entidades públicas, grandes contribuyentes definidos por la DIAN, y otros agentes designados— a descontar un porcentaje del impuesto al efectuar pagos o abonos, declararlo y trasladarlo a la administración de Bogotá, según lo informado por la Secretaría de Hacienda.
¿Cómo se puede declarar y pagar la retención de ICA en Bogotá?
El proceso se realiza de forma virtual a través del portal oficial www.haciendabogota.gov.co, seleccionando la opción ICA–ReteICA en el módulo Pagos Bogotá. Desde allí es posible presentar la declaración, hacer el pago en línea o generar el recibo para efectuar el pago presencial, según información de la Secretaría de Hacienda de Bogotá.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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