Miles de vehículos de carga no podrán andar en Bogotá por nueva medida que anunciaron

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La Secretaría de Tránsito de Bogotá definió medidas para este mes. No cumplirlas puede acarrear sanciones económicas.

Para este diciembre la Secretaría de Tránsito Distrital tomó medidas con respecto a la circulación de vehículos de carga en Bogotá durante diciembre. La restricción de movilidad de estos automotores será durante cinco días distribuidos a lo largo del mes y estará bajo la medida del pico y placa.

Esta medida aplica para todos los vehículos de carga, durante los horarios de 5:00 a. m. a 9:00 p. m., según el número de placa. De acuerdo al calendario, que inició el pasado 2 de diciembre, la restricción comienza para las placas impares, es decir, las terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9. Para el siguiente sábado, continua con las placas pares, o sea, las terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.

(Vea también: Confirman cómo será el pico y placa regional en Bogotá durante el puente de velitas)

Debe tener en cuenta que el incumpliendo de la medida está castigado en el Código Nacional de Tránsito. Transitar por sitios restringidos o en horarios prohibidos le puede acarrear sanciones económicas como un comparendo de categoría C-14, que equivale a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, 522.900 pesos más la inmovilización del vehículo.

Días de restricción para vehículos de carga en Bogotá

El pico y placa para diciembre inició el pasado fin de semana, durante el sábado 2, que restringió a movilidad de vehículos pesados en el distrito para las placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9. La medida se implementará en otros cuatro días del mes y se intercalará en las placas con números terminados en pares e impares.

  • Sábado 9: La medida aplica para placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.
  • Sábado 16: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.
  • Sábado 23: La norma aplica para placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.
  • Sábado 30: El pico y placa aplica para terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9 .

Recuerda que los vehículos de carga, con antigüedad mayor a 20 años, tienen restricción preventiva de circulación en Bogotá de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 8:00 a.m. y de 5:00 p. m. a 8:00 p. m., sin importar el dígito de la placa.

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