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La prohibición también aplica para cualquier tipo de ciclomotores, tricimotos y cuadriciclos que funcionen con electricidad o combustibles.
Estos vehículos no pueden transitar por espacios “destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas“, explica el Ministerio de Transporte en una resolución expedida este jueves.
Además, deben tener luces direccionales, espejos retrovisores y placa.
La resolución también ordena que los conductores de ciclomotores usen casco y tengan lo siguiente:
Para el caso de la técnico mecánica, el RUNT y los centros de diagnóstico tienen un plazo de seis meses para actualizar las tablas, los procedimientos y el registro para clasificar estos vehículos, dice el Ministerio.
Las personas que no acaten lo ordenado en la resolución serán sancionadas según lo dispuesto en la ley 769 de 2002, que dice que la multa por transitar por los andenes y demás sitios exclusivos para peatones equivale a cuatro salarios mínimos diarios. O sea, aproximadamente 98.300 pesos.
La resolución no aplicará para bicicletas de pedaleo asistido. Es decir, bicicletas con un motor auxiliar cuya potencia es menor a 0,35 kilovatios y empieza a disminuir cuando el vehículo llega a una velocidad de 25 kilómetros por hora.
Esta es la norma:
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