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Hassam no se quedó callado: así respondió al hiriente comentario de Valentina Taguado sobre su cáncer
Un inspector de policía tomó esa decisión al considerar que en el proceso de la sanción hubo una falla objetiva que vulneró el derecho al debido proceso.
La Personería de Bogotá aseguró, en un comunicado, que demostró que el comparendo contra Esteban Carrillo, por supuestamente tener comportamientos sexuales en público con su pareja, Nicolás Téllez, fue impuesto por los policías que atendieron el caso basado “solamente en el testimonio de la persona que se sintió agredida por la presencia de dos jóvenes homosexuales, sin valoración probatoria”.
Así mismo, dice el texto, el ente de control revisó los videos y ahí no se evidencia que los jóvenes tuvieran la conducta obscena, ni que los policías tomaran declaraciones o revisaran pruebas para proceder a sancionar a los jóvenes.
Por eso, el inspector 2C distrital de la Policía, Pedro Francisco Rodríguez, anuló el comparendo de casi 2 millones 500 mil pesos y ordenó la desanotación del Sistema de Información y del Registro Nacional de Medidas Correctivas, dijo la Personería Distrital.
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