Bogotá
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La entidad se pronunció sobre la polémica que ocasionó un jet con matrícula YV-3164 que estuvo en el país antes de la posesión de Nicolás Maduro.
La Aeronáutica Civil de Colombia confirmó la actividad de una aeronave venezolana de matrícula YV-3164 que fue reportada en su llegada a varias ciudades del país, incluyendo Cartagena, Rionegro y Bogotá, justo antes de la ceremonia de posesión de Nicolás Maduro.
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Este evento despertó la atención por el contexto político en el país vecino, por lo que la entidad precisó que la aeronave fue tratada como cualquier otra de carácter civil, teniendo permisos para ser atendida en el Aeropuerto Internacional El Dorado por la empresa Aerosupport.
De esta manera, la empresa cuenta con el permiso requerido para ofrecer diversas asistencias a aeronaves, tanto nacionales como extranjeras. “La aeronave se estacionó y fue atendida en la plataforma de dicha organización aeronáutica, donde las autoridades competentes pudieron efectuar los controles de ingreso y salida correspondientes”, afirmó la Aerocivil.
La aeronave venezolana con matrícula YV-3164 tuvo un itinerario interesante en los últimos días del año 2024 y comienzos del 2025, según los datos proporcionados por Flight Aware.
Llegó al aeropuerto internacional Rafael Núñez en Cartagena el 29 de diciembre a las 3:47 p. m., procedente de Curazao, y regresó a Venezuela poco después. Posteriormente, el 30 de diciembre, hizo lo propio en el aeropuerto internacional José María Córdova de Rionegro.
Finalmente, el 8 de enero de 2025, la aeronave aterrizó en el aeropuerto internacional El Dorado de Bogotá, partiendo hacia Venezuela a las 4:34 p. m. Aunque hasta la fecha la identidad del propietario de la aeronave y los objetivos específicos de estos viajes no han sido divulgados, las autoridades mantienen vigilancia y seguimiento conforme a los protocolos internacionales de aviación civil.
Los cielos colombianos están abiertos a la operación de aeronaves civiles de los 193 países miembros del Convenio de Chicago sobre aviación civil internacional.
Según este convenio, las aeronaves que no operan servicios aéreos de ruta fija tienen derecho al libre tránsito y realización de escalas para multas no comerciales, sin requerir permisos previos.
Además, las normativas locales, incluido el RAC 91, permiten que aeronaves de aviación general extranjeras puedan sobrevolar y aterrizar temporalmente sin autorizaciones especiales.
En cuanto a la regulación de seguridad, “toda aeronave civil que ingrese o salga del país por un aeropuerto internacional estará sujeta a los controles de policía, migración, aduanas y sanitarios aplicables”, indicó la Aerocivil. Estas medidas aseguran el cumplimiento de las normativas internacionales y la seguridad dentro del espacio aéreo nacional.
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