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La Registraduría Nacional desmintió mitos y aseguró que por más de que no reciba un correo o una carta, se debe presentar en la próxima jornada electoral.
El próximo 29 de octubre los ciudadanos tendrán la responsabilidad de elegir a los alcaldes, gobernadores, concejales y más puestos que los gobernarán por los próximos 4 años.
(Ver también: Mininterior: “La presión en elecciones no sólo es con armas, se da también con contratos”)
Para esta jornada, la Registraduría habilitó 12.098 puestos de votación, de los cuales 5.607 son puestos urbanos y 7.311 puestos rurales. Además, contarán con más de 120.000 mesas de votación.
En cada mesa, habrá un total de 6 jurados de votación, quienes tienen la responsabilidad de verificar los datos, entregar los tarjetones correspondientes y, al cerrar la jornada, hacer la respectiva cuenta de los votos.
Cabe destacar que estos jurados deben estar durante toda la jornada electoral presentes, de 8 de la mañana a 4 de la tarde, más las horas de organización de los tarjetones, conteo de votos y cierre total de cada mesa. Además, hay que aclarar que no son siempre los mismos ciudadanos, sino que son designados de manera aleatoria por un software diseñado por la Registraduría.
Ahora, sobre el mito que hay por las redes sociales que dice que si no le llega un correo electrónico formal o una carta al lugar de residencia informándole que es jurado de votación, usted se podría ausentar de la jornada sin ninguna consecuencia, la Registraduría sacó un comunicado explicando que es totalmente lo contrario.
Según dice el artículo 105 del Código Electoral de Colombia, “el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación y la notificación de tales nombramientos se entenderá surtida por la sola publicación o fijación en lugar público de la lista respectiva”.
Es decir, personalmente no le llegará ningún tipo de comunicado, sino que el ciudadano es el que debe estar pendiente de los canales de comunicación de la Registraduría para saber si le toca o no ser jurado de votación. Cabe aclarar que para las elecciones del 29 de octubre aún no hay listado oficial, ya que la entidad tiene plazo hasta el 14 de octubre para publicar los nombres de las personas elegidas para ser jurados.
(Ver también: Las acusaciones de Aída Merlano sobre Arturo Char y su posible corrupción electoral)
La Registraduria explicó que toda persona que no cumpla con su deber de ser jurado de votación sin ninguna justificación válida, podría perder su puesto de trabajo en caso de ser un servidor público o, si no lo es, tendría una sanción económica de hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que para 2023 corresponden a 11’600.000 pesos.
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