Bogotá
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Al participar en la jornada democrática en la que se elegirán alcaldes, gobernadores y más, las personas pueden tener medio día libre si se pide a tiempo.
El próximo 29 de octubre, los ciudadanos colombianos tienen una responsabilidad importante la cual es elegir a los representantes locales de las ciudades y los municipios para que los gobiernen durante el periodo de 2024 a 2027.
(Ver también: Ya se conocen los jurados de votación: paso a paso para consultar en la Registraduría)
En esta jornada en particular, la Registraduría confía en que haya una gran participación ciudadana, ya que han tenido programas explicativos sobre la importancia de votar y lo bueno que es para el futuro del país.
Ahora bien, muchos ciudadanos no se sienten identificados por ninguno de los candidatos, pero igual para eso existe el voto en blanco, recordando que si esta opción supera a todos los políticos, se debe convocar una nueva jornada electoral con representantes diferentes.
Ahora, muchas personas también participan en esta jornada por los beneficios que da el gobierno. Por ejemplo, cuando una persona vota, se le entrega un certificado con el nombre y el número de cédula en el que se verifica que efectivamente sí participó.
Con este certificado, los trabajadores, ya sea del sector público o del sector privado, podrán pedir medio día de descanso por haber hecho parte de la jornada electoral. Para eso, simplemente deben hablar con el jefe, mostrar el papel, acordar el día y listo, con eso será suficiente para trabajar por un día únicamente por media jornada. Tenga en cuenta que este beneficio deberá pedirlo máximo un mes después de las elecciones.
Por otro lado, para las personas que sean elegidas como jurados de votación en esta jornada y se presenten desde las 7 de la mañana, tienen derecho a un día compensatorio remunerado luego de 45 días de las elecciones.
Ahora, tenga en cuenta que en estas elecciones en particular, será la primera vez que se podría presentar una segunda vuelta en Bogotá, ya que desde 2019, con el Acto Legislativo número 3, que modificó el artículo 323 de la Constitución, se determinó que para ser elegido de forma oficial en primera vuelta, se debe tener más del 40 % de los votos y superar por 10 puntos porcentuales a su principal perseguidor.
(Ver también: Definieron cuándo y en dónde se hacen las capacitaciones para los jurados de votación)
Teniendo esto en cuenta, la segunda vuelta sería el 19 de noviembre de 2023, por lo que si vuelve y participa, podrá pedir nuevamente el medio día de descanso.
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