Escrito por: Redacción Elecciones 2022
Actualizado: 2022-04-25 18:29:43
El Código Penal Colombiano estipuló 16 conductas como delictivas en las elecciones, que son castigadas con multas económicas e incluso con penas carcelarias.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) mencionó las 16 conductas que están penalizadas, a propósito de las elecciones presidenciales que se llevarán a cabo el próximo 29 de mayo.
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Estas pueden ser cometidas por ciudadanos o por servidores públicos; estos últimos recibirían penas más fuertes, se lee en el CNE.
Cuáles son los posibles delitos en elecciones y cómo se castigan
La lista de los delitos electorales se aprecia a continuación:
- Perturbación del certamen democrático: el que impida o perturbe las votaciones o el escrutinio. Se daría prisión de 4 a 9 años y una multa de 50 a 200 salarios mínimos mensuales vigentes al infractor. La pena aumenta si se hace por medio de una conducta violenta o la persona es servidor público.
- Constreñimiento al sufragante: el que presione u obligue a una persona a votar por cierto candidato. La pena es de 4 a 9 años de prisión y una multa de 50 a 200 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Fraude al sufragante: el que engañe a un ciudadano para votar por un candidato. Puede pagar de 4 a 8 años de prisión y una multa de 50 a 200 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Fraude en inscripción de cédulas: el que inscriba su cédula en una localidad, ciudad o municipio diferente a donde resida para obtener ventaja. Podría pasar de 4 a 9 años en prisión y pagar una multa de 50 a 200 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Elección ilícita de candidatos: el que estando inhabilitado sea elegido para un cargo de elección popular. Pagaría prisión de 4 a 9 años y una multa de 200 a 800 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Corrupción de sufragante: el que pague o prometa dinero a una persona para votar por cierto candidato. Se penaliza con 4 a 8 años en la cárcel y una multa de 200 a 800 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Tráfico de votos: el que ofrezca el voto de una comunidad a cambio de dinero. Podría pagar de 4 a 8 años en la cárcel y una multa de 200 a 800 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Voto fraudulento: el que suplante a un ciudadano, vote más de una vez o participe de las elecciones sin estar habilitado. El castigo es de 4 a 8 años en la cárcel y una multa de 200 a 800 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Favorecimiento de voto fraudulento: el servidor público que permita que una persona suplante a un ciudadano, vote más de una vez o lo haga sin estar habilitad. La pena es de 4 a 8 años y una multa de 200 a 800 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Mora en la entrega de documentos relacionados con la votación: el servidor público que retrase la entrega de documentos electorales, sellos de urna podría ir a prisión de 4 a 9 años y tendría que pagar una multa de 200 a 800 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Alteración de resultados electorales: persona que introduzca documentos o tarjetones indebidamente. Se castiga con 4 a 8 años en la cárcel y una multa de 200 a 800 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Ocultamiento, retención y posesión ilícita de cédula: el que esconda o desaparezca la cédula de otro ciudadano. Pasaría de 4 a 8 años en la cárcel y recibiría una multa de 200 a 800 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Denegación de inscripción: el servidor público que no cumpla o dilate la inscripción de un ciudadano. Podría pasar de 4 a 9 años en la cárcel y una multa de 200 a 800 salarios mínimos mensuales vigentes.
- Financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas: el gerente de campaña que reciba dinero de fuentes prohibidas pasaría de 4 a 8 años en prisión, y tendría una multa de 400 a 1.200 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo.
- Violación de los topes o límites de gastos en las campañas electorales: tendría una pena de 4 a 8 años en prisión y una multa por el mismo valor de lo excedido. Además, quedaría inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo.
- Omisión de información del aportante: el que no informe de sus aportes a campañas electorales. Pena de 4 a 8 años en prisión y una multa de 400 a 1.200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.