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Tristeza para quienes quieren viajar a Estados Unidos: negarán visas a estos extranjeros
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Durante la emergencia del COVID-19 se establecieron varias restricciones en estas propiedades, pero muchas ya fueron derogadas y dueños deben tenerlo en cuenta.
Algunos inquilinos de conjuntos residenciales han evidenciado como se sigue prohibiendo el paso de los domiciliarios a las distintas unidades y tienen que ir hasta la portería a recibir sus paquetes, así esté lloviendo o un sol extremo, lo que los ha llevado a incomodar y hacerse la pregunta si esto es legal o no.
De hecho, han hecho llamados a los administradores de estas propiedades por hacer esas restricciones, ya que se estarían extralimitando en sus funciones y afectando el bienestar de todas las personas que viven allí y desean tener sus compras en las puertas de sus apartamentos.
Ya no es legal que prohíban la entrada de los domiciliarios a los conjuntos residenciales, según la resolución 777 de 2021, que fue dispuesta para unificar los protocolos de bioseguridad por el COVID-19, pero que, luego de pasada la emergencia sanitaria, redujo este tipo de medidas. No obstante, en algunos casos, se continúa ejecutando por un tema de seguridad.
En el régimen de propiedad horizontal, existen restricciones claras para garantizar la convivencia pacífica y el respeto por los derechos de todos los residentes. Entre las prohibiciones más comunes se encuentra la modificación de fachadas y áreas comunes sin autorización previa, la realización de actividades ruidosas en horarios no permitidos, el uso indebido de zonas comunes como pasillos y escaleras, y la tenencia de mascotas en contravía de los reglamentos internos.
Estas normas buscan preservar la armonía y el bienestar de la comunidad, así como mantener la estética y el valor de la propiedad. Además, hay restricciones como la prohibición de hacer actividades comerciales en las unidades residenciales, la limitación del número de invitados por apartamento, o la de fumar en áreas comunes.
La principal diferencia radica en la estructura de la propiedad. Un condominio se refiere a un edificio o complejo de edificios donde las unidades individuales son de propiedad privada, mientras que las áreas comunes, como pasillos, ascensores y jardines, son de propiedad compartida.
(Vea también: ¿Se debe pagar IVA en conjuntos residenciales por alquilar salón comunal o parqueaderos?)
En contraste, un conjunto residencial generalmente consiste en viviendas unifamiliares o casas adosadas, donde tanto la vivienda como el terreno son de propiedad privada, aunque pueden existir áreas comunes compartidas como parques o piscinas.
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