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Rentar un cuarto en una unidad residencial es común, pero los dueños de los departamentos no saben si les deben hacer aumento en ese monto de funcionamiento.
Ante las dificultades económicas que se presentan diariamente, cientos de propietarios de apartamentos optan por poner en arriendo una habitación y así contar con una entrada dinero adicional para solventar sus gastos y, de paso, ayudar a aquellos que no cuentan con la solvencia necesaria para alquilar una vivienda, pero algunos se han enfrentado el escenario de que les cobren más en la cuota de administración por este motivo y no saben si esto es legal o no.
Ahora bien, hay que considerar que en Colombia el pago de esta mensualidad se ajusta anualmente (con el IPC o el aumento del salario mínimo), con el fin de suplir las necesidades y mantenimientos que se presentan dentro de las propiedades. Igualmente, debe ser aprobada por el consejo y superar el umbral establecido.
No deben cobrarle de más en la cuota de administración, así tenga arrendada una habitación del apartamento, ya que alquilar una parte del inmueble no cambia el coeficiente de la unidad privada, según explica la abogada Nora Pabón Gómez a El Tiempo.
El cálculo de la cuota de administración en una propiedad horizontal se basa en el coeficiente de copropiedad, un porcentaje que refleja la participación de cada unidad privada en los bienes comunes del edificio o conjunto. Este factor, establecido en el reglamento de propiedad horizontal y fundamentado en la Ley 675 de 2001, se determina generalmente en función del área construida de cada inmueble.
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Así, las unidades con mayor área tendrán un coeficiente más alto y, por ende, una cuota de administración proporcionalmente mayor. Este sistema asegura que los gastos generales se distribuyan de manera equitativa, considerando el tamaño y la participación de cada propietario en el inmueble.
El incumplimiento en el pago de la administración de un conjunto residencial suele acarrear una serie de consecuencias negativas para el propietario moroso. Inicialmente, se generan intereses de mora que incrementan la deuda, haciendo más difícil su pago.
Por otra parte, la administración puede restringir el acceso a zonas comunes como gimnasios, salones sociales o piscinas, limitando el disfrute de estas áreas. En casos más graves, se inicia un proceso jurídico que podría culminar en el embargo del inmueble, afectando significativamente el patrimonio del deudor.
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