Con nueva ley estos productos quedan exentos de IVA: habrá otros beneficios tributarios

Sonríen quienes usan estos productos que quedaron exentos de IVA por nueva ley; no pagarán de más

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La nueva ley elimina el impuesto y abre la puerta a beneficios tributarios para estos elementos. También crea incentivos económicos y nuevas reglas. 

El impuesto al valor agregado (IVA) es uno de los impuestos que más sienten los colombianos cada vez que realizan una compra. Aunque existen productos excluidos o exentos por disposición legal, la mayoría de bienes terminan incorporando este tributo en su precio final.

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Por eso, cada vez que el Congreso aprueba una nueva exención, la decisión suele tener efectos directos sobre consumidores, trabajadores y sectores económicos específicos.

Precisamente eso es lo que acaba de ocurrir con una iniciativa que recibió luz verde del Legislativo y que contempla beneficios tributarios para determinados productos, además de nuevos incentivos económicos para una actividad que mueve miles de empleos y emprendimientos en el país.

Se trata de la denominada Ley de la Música, un proyecto que acaba de superar su último debate en la Cámara de Representantes y que se convirtió en una de las principales apuestas para fortalecer el ecosistema musical colombiano.

La iniciativa no solo crea mecanismos de financiación para artistas y organizaciones culturales, sino que incorpora exenciones de IVA y otros beneficios que buscan reducir costos, facilitar la actividad profesional y estimular el crecimiento de la industria musical.

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Más allá de los cambios institucionales y de financiación que contempla la norma, uno de los puntos que más llama la atención es la creación de beneficios económicos directos para músicos, compositores, intérpretes y demás actores del sector, incluyendo exenciones tributarias que podrían reducir significativamente algunos costos asociados a la actividad artística.

La aprobación del proyecto representa un paso importante para una industria que durante años ha reclamado mecanismos específicos de apoyo, similares a los que han existido para otros sectores culturales como el cine.

Los productos que quedan exentos de IVA

Uno de los artículos más relevantes de la nueva legislación establece beneficios tributarios para quienes desarrollan actividades musicales.

La norma contempla la exención de IVA para la adquisición de instrumentos musicales, así como para software y hardware destinados a la creación sonora.

En la práctica, esto significa que productos utilizados para la composición, grabación, producción y ejecución musical podrían acceder a un tratamiento tributario especial, reduciendo el costo de adquisición para artistas y profesionales del sector.

Por ejemplo, un músico que necesite comprar una guitarra profesional, un teclado, una consola de producción, una interfaz de audio o programas especializados para grabación y edición musical podría beneficiarse de estas medidas una vez entren en aplicación los mecanismos reglamentarios correspondientes.

El objetivo es reducir barreras económicas para la creación artística y facilitar el acceso a herramientas que, en muchos casos, representan inversiones significativas para músicos independientes y emprendimientos culturales.

La ley también crea un Fondo Especial para la Música, una de las apuestas más ambiciosas de la iniciativa. Este instrumento funcionará de manera similar al Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC), que durante años ha servido para financiar proyectos audiovisuales y fortalecer la producción nacional.

La idea es que los recursos generados por la propia actividad económica del sector contribuyan al financiamiento de proyectos de creación, circulación, investigación, formación y fortalecimiento de la industria musical colombiana.

Según los promotores de la iniciativa, este mecanismo permitirá garantizar una fuente permanente de financiación para artistas, organizaciones culturales, festivales y procesos musicales en distintas regiones del país.

Arpobación denominada Ley de la Música

Otro de los cambios introducidos por la ley está relacionado con la movilidad de los artistas. La normativa establece reglas específicas para facilitar el transporte de instrumentos musicales en vuelos nacionales e internacionales, una situación que históricamente ha generado dificultades para músicos profesionales.

La iniciativa busca que los instrumentos puedan ser reconocidos como equipaje especial bajo condiciones previamente definidas, reduciendo inconvenientes logísticos y costos adicionales para quienes dependen de ellos para trabajar.

Además, la ley promueve la creación de mecanismos que faciliten la obtención de visas especiales para artistas y personal técnico vinculado al sector cultural.

La legislación también incorpora medidas orientadas a promover una mayor participación de nuevos talentos dentro de la industria.

Entre ellas se encuentra la obligación de que los festivales financiados con recursos públicos garanticen una participación mínima del 40 % de artistas emergentes y mujeres músicas.

La medida busca ampliar las oportunidades de circulación y visibilidad para sectores que históricamente han enfrentado mayores dificultades para acceder a escenarios de gran formato.

De igual forma, la norma reconoce expresamente la importancia de las músicas tradicionales y comunitarias, dedicando un capítulo completo a su protección, fortalecimiento y divulgación.

La nueva ley también introduce modificaciones orientadas a fortalecer la protección económica de compositores, autores e intérpretes.

A través del artículo 20 se establecen mayores garantías y mecanismos de transparencia en la administración de derechos de autor, tanto en la gestión individual como colectiva. La intención es ofrecer herramientas que permitan proteger mejor los ingresos derivados de la actividad creativa.

Adicionalmente, el Sistema de Información de la Música (SIMUS) adquiere rango legal, permitiendo consolidar estadísticas y datos sobre el sector para orientar políticas públicas, inversiones y programas de apoyo.

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