Aviso para trabajadores que cambiaron de régimen pensional: esto pasará con freno a reforma

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2025-06-18 03:05:05

Con la decisión de la Corte Constitucional de devolver la iniciativa, queda aplazada su implementación, pero unos 80.000 usuarios ya están en Colpensiones.

La Corte Constitucional de Colombia ha determinado, por unanimidad, el retorno a la Cámara de Representantes de la Ley 2381 de 2024, también conocida como la reforma pensional, promovida por el gobierno de Gustavo Petro y aprobada hace un año sin un debate adecuado en la Cámara, tal como se expone en la fuente principal sobre el tema.

(Vea también: Golpe para pensionados que perderán doble beneficio a partir de julio; hay excepciones)

La decisión de la Corte establece que la reforma no se implementará el 1 de julio, ya que se ha fijado un plazo de 30 días hábiles para que la Cámara discuta y someta a votación el proyecto con un debate reglamentario, teniendo la potestad de aceptar, modificar o rechazar el texto original proveniente del Senado.

¿Qué pasará usuarios que cambiaron de fondo pensional tras freno a reforma?

En este sentido, la Corte ha suspendido la aplicación de todas las reglas de la reforma, con dos excepciones: el parágrafo transitorio del artículo 12 y el artículo 76. Según el letrado y docente Enan Arrieta.

“El Congreso será el que defina la fecha definitiva de la entrada en vigor de la ley”, como se resaltó la Corte. Por su parte, el jurista Mauricio Restrepo, de acuerdo con El Tiempo, enfatiza que quienes ya comenzaron el proceso de traslado o doble consulta no tendrán inconvenientes.

Colpensiones / Página Web de Colpensiones

Lo anterior significa que para quienes coticen por encima de 2.3 salarios mínimos (que estaban afiliados a Colpensiones) y ya eligieron una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), se les respetará la elección realizada.

Esto teniendo en cuenta que cerca de un millón y medio de personas ya seleccionaron su ACCAI, por lo que ese proceso se mantiene a pesar de la determinación de la Corte.

Por otro lado, esta decisión ha provocado conmoción en más de 80.000 colombianos que ya han aprovechado la ventana pensional para cambiar de fondos privados a Colpensiones.

Sin embargo, al mantenerse el artículo 76, también se avala la ‘oportunidad de traslado’, lo que significa que esa decisión de cambio voluntario al fondo de pensiones del estado se respetará para quienes aplique.

Esto indica que: “Las personas que tengan 750 semanas cotizadas, para el caso de las mujeres, y 900 semanas cotizadas, para el caso de los hombres, y que les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión, tendrán dos años a partir de la promulgación de la presente ley para trasladarse de régimen respecto de la normatividad anterior, previa la doble asesoría de que trata la Ley 1748 de 2014”.

Colpensiones / AFP

Reacción del presidente Petro a decisión sobre reforma pensional

Ante la devolución del proyecto a la Cámara, el presidente Gustavo Petro se mostró satisfecho, presentándolo como un respaldo a las reformas sociales de su gobierno y una oportunidad para que el Senado continúe apoyando estos cambios.

La interrupción temporal autorizada por la Corte Constitucional a la reforma pensional abre un debate crucial sobre la sostenibilidad y equidad del sistema pensional colombiano.

Esta medida tiene un impacto directo en miles de ciudadanos que ya están en proceso de cambio mediante la ventana pensional. Además, la Corte ha mantenido en firme dos disposiciones que protegen los derechos adquiridos durante los traslados entre regímenes, lo que resguarda el statu quo para quienes se encuentran en ese tránsito.

El futuro de la ley queda ahora en manos del Congreso, que dispone de un mes para tomar una decisión, mientras el gobierno se alista para impulsar nuevamente la reforma en sesiones extraordinarias.

¿Qué cambios planteaba la reforma pensional que fue devuelta al Congreso?

La reforma pensional propuesta por el gobierno de Gustavo Petro busca transformar de manera profunda el sistema de pensiones en Colombia. El objetivo central es avanzar hacia un modelo más solidario, inclusivo y sostenible, que garantice ingresos dignos en la vejez, especialmente para quienes hoy no acceden a una pensión.

Principales cambios de la reforma pensional:
1. Sistema de pilares
Se propone dividir el sistema en cuatro pilares:

Pilar solidario: Garantiza un ingreso básico a personas mayores sin pensión, financiado por el Estado.

Pilar semicontributivo: Para quienes cotizaron pero no alcanzaron requisitos para pensión. Recibirán una renta mensual proporcional.

Pilar contributivo: Obligatorio para todos los trabajadores. Se propone que todos coticen a Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos.

Pilar voluntario: Ahorro adicional en fondos privados, opcional para quienes deseen aumentar su pensión.

2. Redistribución de cotizaciones
Actualmente, los trabajadores eligen entre Colpensiones (régimen público) o fondos privados. La reforma unifica el sistema:

Todos cotizarán obligatoriamente en Colpensiones hasta un umbral de 2,3 salarios mínimos.

Si ganan más de ese monto, el excedente irá a fondos privados.

3. Fin de la competencia entre regímenes
Se elimina la doble asesoría y la posibilidad de cambiar de régimen. El modelo será único y mixto.

4. Ventana pensional
Se mantiene una “ventana” de tiempo para permitir el traslado a Colpensiones, especialmente para quienes están cerca de pensionarse.

FUENTES CONSULTADAS

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