Los contados casos en los que puede pensionarse en Colombia sin tener las 1.300 semanas

Economía
Tiempo de lectura: 2 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

por: 

Informamos sobre todo aquello que en el mundo económico, financiero y empresarial afecte o beneficie su bolsillo. Consejos, recomendaciones, tips y trucos al alcance de su mano.

Visitar sitio

La ley nacional exige para los trabajadores un tiempo establecido laborando, pero este puede no ser obligatorio si se cumplen con los siguientes requisitos.

Por derecho de ley, los colombianos que hayan trabajado pueden acceder a una pensión de vejez si cumplen con los requisitos principales, llegar a los 57 años en mujeres y 62 en los hombres. Sin embargo, la condición más importante recae en el mínimo de semanas trabajadas en quienes ya hacen planes para recibir su mesada: 1.300 semanas (aunque en 2026, para las mujeres pasará de esa cifra a 1.000), que son aproximadamente 25 años trabajados.

(Le puede interesar: Cambios principales que quiere hacer Petro con las pensiones; millones saldrían afectados)

Si un adulto llega a la edad para jubilarse, pero no ha cumplido con las semanas cotizadas, debe seguir trabajando para completar el tiempo faltante para acceder a pensión, ya que no es posible pagar o comprar dichos días de trabajo. No obstante, en el artículo 33 de la Ley 100 de 1993 hay un caso en el que se puede ver un poco del dinero de la pensión al no cumplir con el requisito base, pero tiene condiciones que son obligatorias.

¿En qué casos puedo pensionarme sin cumplir las 1.300 semanas cotizadas en Colombia?

Se trata de la pensión o devolución de saldos, también llamada indemnización sustitutiva. Este caso, según registró El Tiempo, se emplea cuando el cotizante no cumple con las semanas pero sí con la edad. Sin embargo, para obtener la mesada en ese caso, el trabajador debe demostrar que ya no puede seguir cotizando.

Una de las condiciones es que el o la cotizante quede inválido antes de cumplir con las 1.300 semanas, obteniendo así la pensión saltando la obligación de la norma. Otro caso es si el beneficiario fallece, donde se valida la llamada pensión de sobrevivientes, la cual reciben los familiares del difunto pensionado.

La opción aparece, también, en el caso que un servidor público se vea obligado a dejar sus labores de manera forzosa, mucho antes de cumplir con las semanas o la edad establecida, aclarando que no tiene posibilidad de seguir cotizando.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Entretenimiento

La razón por la que Alejandra Giraldo está afuera de Noticias Caracol: "No estás bien"

Bogotá

Así fueron las marchas del Primero de Mayo; Petro radicó propuesta de consulta popular

Mundo

"¿Somos los enemigos?": Diosdado Cabello le tiró a Petro y negó complicidad con Eln

Nación

Aparece video del accidente de camión que rodó 180 metros; familia llora al conductor

Mundo

País de Sudamérica puso nuevo requisito a colombianos para ir: deben presentar documento

Nación

Fiscalía tiene celular de novio de médica perdida en Cartagena por llamadas raras que tuvo

Economía

Les subirán el salario (desde ya) a miles de trabajadores en Colombia: el más alto en años

Nación

Muestran realmente cómo era la casa de la familia Lora; lo que encontraron acabó con mito

Sigue leyendo