Práctica común el Día de las Velitas le costaría $ 400.000 de multa; que no le queme la billetera
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Visitar sitioEsto está contemplado en las normas que regulan lo que sucede en los conjuntos o propiedades horizontales y tiene que ver con la modificación de las fachadas.
A medida que se acerca la temporada decembrina en Colombia, aumenta el interés por mantener vivas las tradiciones que caracterizan esta época del año. Una de las celebraciones más representativas es la festividad de la Inmaculada Concepción, conocida popularmente como el Día de las Velitas, que tiene lugar cada 7 de diciembre. Durante esta fecha, es común que las familias preparen sus hogares y espacios cercanos con faroles y velas, práctica que simboliza unión, esperanza y el inicio formal de las celebraciones navideñas.
(Vea también: La multa de $ 759.000 que pueden ganarse residentes de conjuntos, por detalle en remodelaciones)
En muchos conjuntos residenciales, los habitantes suelen decorar sus viviendas y, en algunos casos, las zonas comunes con faroles de distintos tamaños y diseños. Sin embargo, aunque esta tradición es ampliamente aceptada y forma parte del arraigo cultural del país, existen normas específicas que regulan el uso de estos elementos en áreas compartidas, especialmente en propiedad horizontal. Lo que para muchos puede parecer un acto inocente de celebración puede representar riesgos o incumplimientos normativos si no se sigue la reglamentación correspondiente.
La Ley 675 de 2001, que establece el régimen de Propiedad Horizontal en Colombia, define claramente los parámetros para realizar intervenciones en fachadas, espacios colectivos y zonas comunes de los conjuntos. De acuerdo con esta normativa, cualquier modificación estética o instalación de elementos que alteren la apariencia de las áreas comunes debe contar con autorización previa del consejo de administración o del órgano competente. Esto incluye la colocación de faroles o dispositivos que impliquen una alteración visual o un posible riesgo para la seguridad.
En ese sentido, el uso de faroles con velas en zonas comunes solo está permitido cuando no representan peligro para la estructura del conjunto ni para sus residentes. Se deben evitar ubicaciones cercanas a conexiones de gas, instalaciones eléctricas, árboles, materiales inflamables o cualquier objeto que pueda aumentar la probabilidad de un incendio. Aunque la intención sea únicamente participar en la tradición, las administraciones de propiedad horizontal tienen la responsabilidad de prevenir accidentes y proteger las áreas compartidas, por lo que suelen emitir circulares o recomendaciones previas al 7 de diciembre.
¿De cuánto es la multa por poner faroles con velitas en fachadas de conjuntos?
Cuando un residente instala faroles con velas en zonas no autorizadas o incumple las medidas de seguridad estipuladas, puede enfrentarse a sanciones económicas. La Ley 675 contempla mecanismos correctivos para quienes infringen las normas internas o las disposiciones legales sobre el uso de espacios comunes. Estas medidas buscan fomentar la convivencia y garantizar el respeto por las reglas acordadas dentro de la comunidad.
En cuanto al monto de las sanciones, el artículo 59 de esta ley establece que los propietarios o residentes que incumplan las normas de la copropiedad podrán recibir multas que, dependiendo del reglamento interno y de la gravedad de la falta, pueden alcanzar hasta aproximadamente $416.000. Además, en algunos conjuntos la reincidencia puede generar sanciones adicionales o restricciones en el uso de ciertas áreas.
(Lea también: Exigente norma impone multa de $393.000 a vecinos por celebraciones decembrinas en conjuntos)
Es importante destacar que la normativa no prohíbe la tradición en su totalidad. Los residentes pueden mantener la práctica dentro de sus hogares, en balcones o terrazas privadas, siempre que estas actividades no representen riesgo para terceros ni modifiquen la apariencia general del edificio o conjunto. De esta manera, se garantiza el equilibrio entre la conservación de las tradiciones culturales y el cumplimiento de las normas que rigen la convivencia en propiedad horizontal.
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