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El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, respondió a un señalamiento de los fondos privados ante las comisiones que ganaría Colpensiones en el futuro.
La aprobación de la reforma pensional ha dejado una seguidilla de señalamientos entre el Gobierno y los fondos privados de pensiones.
Desde Asofondos (gremio de los privados), dijeron que con la reforma tal y como quedó aprobada se podría dar una inmensa ganancia de comisiones de Colpensiones, al manejar el grueso de los ahorros pensionales.
(Vea también: A jóvenes les confirman qué pasará con la plata de sus pensiones y crecen las dudas).
Esa agremiación señaló que el fondo público podría quedarse con comisiones de hasta 6,25 %, mientras que el tope en los privados se fijó en 3,75 %, apuntó La República.
Bonilla reclamó a los privados y en su respuesta agregó que las comisiones en el fondo público han sido y seguirán siendo del 1 %.
“No entiendo su preocupación si la norma dice que recibirán hasta 1 punto de la cotización, correspondiente a una sola comisión, que es inferior a lo que las AFP recibieron en promedio los últimos 14 años, de 6,65 %, con excepción del 2022 y 2023 cuando apropiaron mayores recursos para las aseguradoras, en los años anteriores apropiaron una proporción por comisión de administración superior al 1 %“, dijo Bonilla en palabras citadas por ese diario.
Asimismo, el ministro pidió por una clara regulación ante las comisiones que todos los fondos reciben por el manejo del ahorro pensional en nuestro país.
El sistema pensional en Colombia está estructurado bajo un esquema de dos regímenes principales: el Régimen de Prima Media (RPM) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais). Ambos sistemas buscan proporcionar una pensión de jubilación a los trabajadores al llegar a la edad de retiro.
El RPM es administrado por Colpensiones, una entidad estatal. Aquí, las contribuciones de los trabajadores y sus empleadores se agrupan en un fondo común. Los aportes se calculan como un porcentaje del salario del trabajador (aproximadamente el 16 %). El trabajador adquiere el derecho a una pensión basado en el número de semanas cotizadas y el promedio salarial de los últimos 10 años antes de la jubilación. En general, para obtener una pensión, el trabajador debe haber cotizado al menos 1.300 semanas y haber alcanzado la edad de 62 años para los hombres y 57 para las mujeres.
A su vez, el Rais es administrado por fondos privados de pensiones, como Porvenir, Protección, entre otros. A diferencia del RPM, en el Rais, las contribuciones se depositan en una cuenta individual de cada trabajador. Las pensiones se determinan por el monto total acumulado en esta cuenta, más los rendimientos financieros generados. Este sistema permite mayor flexibilidad, ya que los trabajadores pueden elegir diferentes tipos de fondos de inversión según su perfil de riesgo. La edad de jubilación es la misma que en el RPM, pero el monto de la pensión depende directamente del ahorro acumulado y no del número de semanas cotizadas.
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