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Miles de colombianos empezarían a pagar renta si tienen mesadas superiores a $3'600.000, ya que la Cámara de Representantes dejó pasar un error en la reforma.
El pasado 14 de junio fue aprobada la reforma pensional, uno de los proyectos bandera del Gobierno de Gustavo Petro. Este proyecto busca centrar el sistema en Colpensiones, dejando de lado a los fondos privados.
(Lea también: Qué pasará con personas que no cumplen requisitos para pensionarse; ¿les darán plata?)
El gran cambio es el masivo traslado al régimen público. Actualmente, alrededor de 18,3 millones de trabajadores cotizan en los fondos privados y el 90 % de ellos pasará Colpensiones, ya que son quienes devengan 2,3 salarios mínimos, que fue el umbral de cotización que se definió.
Sin embargo, la reforma al sistema pensional cuenta con otros artículos que provocan dudas e incertidumbre. Uno de los puntos encendió las alarmas entre los jubilados es el que establece que se gravará con impuesto a la renta las pensiones que superen los $3’600.000.
Según el texto aprobado, las pensiones que superen las 1.000 UVT (aproximadamente 47 millones de pesos) estarán sujetas al impuesto de renta.
El lío radica en que el Senado no precisó si son 1.000 UVT anuales o mensuales; la Cámara de Representantes debía corregir ese error, pero como pupitreó la reforma, no añadió la palabra mensual y gravó con renta las pensiones superiores a $ 3’600.000.
Al acoger la Cámara el texto aprobado por el Senado, este artículo quedó sin período (anual o mensual). ¿Qué significa? Revista Semana explicó que, según Lisandro Junco, exdirector de la Dian, al no mencionarse la periodicidad, se asume que es anual: “Eso es una regla del estatuto. Los impuestos son anuales”.
De acuerdo con la oposición, la reforma será demandada ante la Corte Constitucional por haberle dado luz verde a través del denominado pupitrazo, careciendo de debate y conciliación.
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