¿Nuevo festivo del 13 de julio es obligatorio? Esto pasa si su empresa no lo reconoce y cuánto deben pagarle

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2026-07-09 10:31:47

Si un trabajador debe prestar sus servicios durante el lunes 13 de julio, tendrá derecho a recibir el pago correspondiente por laborar en un día de descanso.

Los colombianos tendrán un nuevo día de descanso en el calendario laboral luego de que el Gobierno Nacional sancionara la Ley 2578 del 1 de junio de 2026, mediante la cual se declaró como fiesta nacional el Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá, celebrado tradicionalmente el 9 de julio.

Como este año la fecha cae entre semana, el descanso se trasladará al lunes 13 de julio de 2026, lo que dará lugar a un nuevo puente festivo. La entrada en vigencia de la norma ha generado dudas entre trabajadores y empleadores sobre su aplicación, especialmente respecto a si el descanso es obligatorio y cómo debe remunerarse a quienes laboren durante esa jornada.

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¿Es obligatorio otorgar el nuevo festivo?

De acuerdo con Pablo Hernández Hussein, socio y líder de Derecho Laboral y Seguridad Social de Scola Abogados, el nuevo festivo tiene carácter obligatorio por estar respaldado por una ley de la República.

“Al tratarse de una ley nacional vigente, su cumplimiento es obligatorio. En ese sentido, debe concederse el descanso o, si se labora ese día, pagarse los recargos previstos para los días de descanso obligatorio”, explicó el abogado en declaraciones entregadas a El Tiempo.

El experto agregó que un empleador que no respete la norma podría enfrentar consecuencias legales.

“En caso de incumplimiento, el empleador podría estar sujeto a sanciones por parte del Ministerio del Trabajo y a acciones judiciales por parte del trabajador”, señaló.

¿Cuánto deben pagar si trabaja el nuevo festivo?

Si un trabajador debe prestar sus servicios durante el lunes 13 de julio, tendrá derecho a recibir el pago correspondiente por laborar en un día de descanso obligatorio.

Tomando como referencia el Salario Mínimo Legal Vigente de 2026, fijado en 1.750.905 pesos, el valor aproximado de la hora ordinaria es de 7.959 pesos.

Con el recargo del 80 % establecido para el trabajo en domingos y festivos, cada hora laborada equivale aproximadamente a 14.330 pesos.

En consecuencia, una persona que cumpla una jornada ordinaria de 7,33 horas recibiría alrededor de 105.010 pesos por trabajar durante ese día festivo.

El cálculo corresponde a la siguiente operación:

La remuneración aumenta cuando la jornada se desarrolla en horario nocturno.

De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 2466 de 2025, el trabajo nocturno comprende el periodo entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente.

En esos casos, además del recargo por laborar en un festivo, el trabajador tiene derecho al recargo nocturno del 35 %, incrementando el valor final que debe reconocer el empleador.

(Vea también: Oración a la Virgen de Chiquinquirá de este 9 de julio para pedir salud, protección y trabajo)

Después del nuevo festivo llegará otro cambio laboral

El nuevo puente festivo será uno de los últimos ajustes laborales antes de la entrada en vigor de otra medida prevista para este mes.

A partir del 15 de julio de 2026 comenzará una nueva reducción de la jornada laboral en Colombia, por lo que el límite semanal pasará de 44 a 42 horas, en cumplimiento del cronograma establecido por la legislación laboral.

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