Anuncian nuevo incentivo económico para empresas en Colombia; hay requisito indispensable
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Visitar sitioEl Ministerio de Trabajo reveló que el beneficio será para empresarios que creen y mantengan nuevos empleos formales por un período mínimo de 6 meses.
El Ministerio de Trabajo anunció un incentivo para los empresarios que creen y mantengan nuevos empleos formales por un período mínimo de seis meses.
Bajo el Decreto número 0533, este incentivo será financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación y estará dirigido a personas jurídicas, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos que demuestren su condición de empleadores a través de la Planilla Integrada De Liquidación De Aportes (PILA).
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Se otorgará reconocimiento a los empleadores que mantengan formalmente vinculados a los trabajadores adicionales por al menos seis meses, de acuerdo con el procedimiento establecido en el manual operativo del Ministerio de Trabajo.
Estos serán los incentivos por creación de empleos
Para la vinculación de jóvenes entre 18 y 28 años, se otorgará un incentivo del 30 % de un salario mínimo por cada trabajador adicional formalmente vinculado, siempre y cuando hayan cotizado en los respectivos subsistemas durante los seis meses previos a la fecha de postulación.
En el caso de mujeres mayores de 28 años que devenguen hasta tres salarios mínimos, el incentivo será del 20 % de un salario mínimo. Para hombres en la misma categoría de edad y salario, el incentivo será del 15 % de un salario mínimo.
Por último, para la vinculación de personas con discapacidad, el aporte estatal será del 35 % de un salario mínimo.
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El empleador sólo podrá recibir dentro la vigencia este un máximo de 24 incentivos por cada trabajador vinculado, en los términos dispuestos en manual operativo.
Asimismo, se reconocerá un porcentaje adicional del 10 % sobre los porcentajes antes indicados cuando personas por las se solicita incentivo no hayan sido cotizantes en los últimos cuatro meses o más, anteriores al cumplimiento de la vinculación laboral mínima de seis meses.
El decreto aclara que, en ningún caso, se podrá considerar como trabajador adicional a aquel que se haya vinculado con el fin de reemplazar a otro trabajador que se encontraba vinculado con anterioridad.
El incentivo inicia a partir de la publicación del decreto que está firmado por el Ministerio de Hacienda, Trabajo e Igualdad y finaliza en el mes de agosto.
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