Alertan a colombianos que recibieron (o recibirán) herencias: tendrían lío con una plata

Economía
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Escrito por:  David Ríos Rodríguez
Actualizado: 2024-07-20 13:58:53

Muchos saben que al heredar bienes de sus padres hay que pagar por la sucesión, pero pocos saben que en nuestro país también se heredan las deudas.

En Colombia, las herencias se determinan por medio de testamentos o en caso de que no existan estos, se requieren las sucesiones que cuestan un buen dinero y pueden demorar bastante.

Aunque muchos saben cómo funcionan las herencias, pocos saben que en estas también recaen las deudas.

(Vea también: Dicen a colombianos cómo saber, con número de cédula, si tienen deudas y están reportados).

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, las deudas heredadas se reparten en las mismas proporciones de los bienes entregados.

“Las deudas se asignan a los herederos en la misma proporción que se le asignan los bienes. Es decir, si son 4 herederos, cada uno recibirá el 25 % de los bienes y el 25 % de las deudas”, señala la cartera en su página web.

Asimismo, el ministerio añade que en caso de sucesiones donde las deudas sobrepasen el valor de los bienes, entonces el heredero terminaría con un menor patrimonio al inicial.

“En una sucesión, las deudas pueden ser de mayor valor a los bienes que se asignan, por lo que los herederos en lugar de incrementar su patrimonio terminarían pagando con él las deudas del causante”, apunta ese ministerio en su plataforma.

Herencias en Colombia y cómo funcionan las sucesiones actualmente

El proceso sucesoral se inicia cuando una persona fallece, y su patrimonio debe ser distribuido entre sus herederos. Este proceso puede ser judicial (si hay disputas) o notarial (si todos los herederos están de acuerdo).

Primero, se identifican los herederos, que pueden ser descendientes, ascendientes, cónyuge o compañeros permanentes, y colaterales hasta el cuarto grado. Si no hay herederos, el Estado hereda los bienes.

Posteriormente, los bienes se adjudican a los herederos según las reglas de partición establecidas en el testamento (si lo hay) o según la ley nacional (sucesión intestada).

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