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Las donaciones que hará la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales hacen parte de mercancías aprehendidas, decomisadas o que han sido abandonadas.
La Dian señaló en su página web que en el Decreto 1165 del 2 de julio de 2019 establece el procedimiento general que debe aplicarse para los ofrecimientos de donaciones de mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación.
La entidad señala que quienes estén interesados en adquirir los bienes ofrecidos en donación deberá manifestar su interés por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de publicación del ofrecimiento, describiendo la necesidad que pretende satisfacer con los mismos y las razones que justifican su solicitud.
La Dian aclara que ese es un trámite administrativo por el cual entrega, previo cumplimiento de los requisitos normativos, a las entidades públicas del orden nacional, departamental, municipal y la fuerza pública, mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas.
Estas mercancías son resultado del cumplimiento de las tareas a cargo de la Dian para evitar el ingreso de contrabando al país.
Se podrán donar mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación, en los siguientes casos:
Cualquier entidad pública del orden nacional, departamental, municipal y la fuerza pública.
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