Cuánto paga un afiliado por una cita en EPS Sanitas, Sura, Nueva EPS y más: confirmaron copagos y cuotas moderadoras

Economía
Tiempo de lectura: 5 min
Escrito por:  Julian Bermúdez
Actualizado: 2026-01-02 07:59:18

El Ministerio de Salud ya emitió un nuevo decreto para hacer oficial el monto que deberán pagar los que hacen parte del régimen contributivo y subsidiado.

El sistema de salud en Colombia arrancará 2026 con cambios importantes en los valores que deben pagar los usuarios cada vez que acceden a una cita médica, un procedimiento o un servicio de mayor complejidad. A través de la Circular Externa 048 de 2025, el Ministerio de Salud y Protección Social actualizó los montos de las cuotas moderadoras y los copagos que aplican tanto para el régimen contributivo como para el subsidiado, con una novedad clave: estos valores ya no se calculan con base en el salario mínimo, sino en la Unidad de Valor Básico (UVB).

Este ajuste técnico busca darle mayor estabilidad al sistema y evitar que incrementos fuertes del salario mínimo se trasladen de manera automática al bolsillo de los pacientes. Para 2026, el valor de la UVB fue fijado en 12.110 pesos, según resolución del Ministerio de Hacienda, y será la referencia para todos los cobros.

Cuánto vale una cita médica para afiliados que cotizan en EPS Sanitas, Salud Total, Sura y más

Las personas afiliadas al régimen contributivo —es decir, trabajadores formales, independientes y pensionados que realizan aportes al sistema— deben asumir dos tipos de pagos: cuotas moderadoras y copagos, dependiendo del servicio que utilicen.

La cuota moderadora es el valor que se paga cada vez que el afiliado o su beneficiario accede a un servicio ambulatorio, como una consulta médica general, odontología, exámenes básicos o entrega de medicamentos. Su objetivo no es financiar el sistema, sino regular la demanda de servicios.

Para 2026, los valores aproximados de la cuota moderadora quedaron así, según el nivel de ingresos medido en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV):

(Vea también: Las EPS en Colombia deberán costear servicio clave tras fallo: muchas familias lo requieren)

Estos valores aplican cada vez que se usa el servicio y están definidos de forma uniforme para todo el país.

Además de la cuota moderadora, en el régimen contributivo existen los copagos, que son aportes que realizan únicamente los beneficiarios (no el cotizante principal) cuando acceden a servicios de mayor complejidad, como cirugías, hospitalizaciones o procedimientos especializados. En este caso, el copago sí busca financiar parcialmente el servicio.

Para 2026, los copagos se calculan como un porcentaje del valor total del servicio, con topes máximos para evitar afectaciones severas a la economía familiar. Los porcentajes son:

Sin embargo, estos porcentajes tienen límites. Por ejemplo, el tope máximo por evento será de 373.715 pesos para el rango más bajo, de 1.497.644 pesos para el rango medio y de 2.995.409 pesos para quienes ganan más de cinco salarios mínimos. También existen topes anuales: ningún beneficiario podrá pagar más de 748.882 pesos al año en el primer rango, 2.995.409 pesos en el segundo y 5.990.696 pesos en el tercero, sin importar cuántos servicios requiera.

En cuanto quedaron los copagos del régimen subsidiado

En el régimen subsidiado, que cubre a las personas sin capacidad de pago, las reglas son distintas. Aquí no se cobran cuotas moderadoras, lo que significa que los afiliados no deben pagar por consultas médicas generales, controles, exámenes básicos o atención primaria.

(Vea también: Usuarios de Clínica El Country, La Colina y Colmédica quedaron sorprendidos por cambio que es confirmado)

No obstante, sí existen copagos para servicios de alta complejidad, aunque con condiciones más protectoras. Para 2026, el Ministerio de Salud estableció que el copago no puede superar el 10 % del valor total del servicio. Además, se fijaron topes claros:

Estos límites buscan garantizar que, incluso en casos de enfermedades graves o tratamientos prolongados, el costo no se convierta en una barrera de acceso.

Las autoridades aclararon que estos cambios rigen a partir del 1 de enero de 2026 y no son retroactivos: los servicios autorizados antes de esa fecha se cobrarán con las tarifas anteriores. Asimismo, todas las EPS e IPS están obligadas a aplicar estos valores y a respetar los topes definidos.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Economía

Gigante de EE. UU. le dice adiós al Grupo Éxito: hubo operación "secreta" en los supermercados

Mundo

Tragedia en Año Nuevo por muerte de cuatro miembros de una familia; viajaban todos en una moto

Bogotá

Petro le lanza advertencia a Galán por alza en pasajes de Transmilenio: "Sube el déficit"

Virales

Profesor Salomón habló de elecciones y sorprendió con predicción sobre el próximo presidente

Economía

Legendaria empresa colombiana cerró para siempre: duró 38 años vendiendo varios productos

Bogotá

"Está en sus manos": Galán le respondió a Petro por alza en pasajes de Transmilenio

Economía

Cuánto paga un afiliado por una cita en EPS Sanitas, Sura, Nueva EPS y más: confirmaron copagos y cuotas moderadoras

Bogotá

Tragedia familiar en Suba (Bogotá) durante Año Nuevo: hombre mató a su hermano en riña

Sigue leyendo