Aprenda cómo sacar visa de tránsito para Estados Unidos y que no lo tomen por sorpresa

Economía
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Por:  Redacción Economía
Actualizado: 2022-08-29 21:23:32

Los colombianos deben tramitar un permiso de entrada a ese país cuando hagan escala por cualquier tiempo para tomar vuelos a otros destinos del mundo.

En el últimos tiempos los procesos de visado en la Embajada de los Estados Unidos han creado preocupación en los colombianos, muchos adelantan el trámite, pero no todas las personas tienen la misma suerte.

La alta demanda de solicitudes que recibe a diario la Embajada ha hecho que desde allí se pueda aprobar la renovación de la visa americana por Internet. 

(Vea también: Pilas: campanazo de Embajada de Estados Unidos para quienes buscan renovar la visa)

Si usted necesita viajar a ese país, pero solo para hacer conexión internacional, debe conocer que el proceso de la visa de tránsito es bastante sencillo, aunque la cita podría demorarse un poco.

Cómo solicitar la visa de tránsito C1 para Estados Unidos

Hacer escala en EE. UU. requiere una visa de tránsito o visa C1. Para conseguir el documento deberá seguir estos pasos:

  • Llenar el formulario de solicitud DS-160 mediante la página de la embajada de los Estados Unidos.
  • Imprimir la confirmación de la solicitud llena para recibir un código especial.
  • Pagar el trámite, que tiene un costo de 160 dólares (más o menos 700.000 pesos colombianos).
  • Ir a la entrevista consular el día y hora en la que se la hayan asignado.

Qué documentos debe presentar ante el oficial consular

En el momento de la entrevista deberá aportar los siguientes documentos:

  • Copia impresa de su cita.
  • Confirmación impresa de su formulario DS-160.
  • Una fotografía de 5 cms x 5 cms tomada durante los últimos 6 meses.
  • El pasaporte actual y todos los pasaportes anteriores (si es que los ha llenado).
  • El recibo original de pago del trámite.

Cuáles son las personas exentas de la visa americana de tránsito

Si usted ya tiene la visa de turista B1/B2 vigente, no requerirá la de tránsito, tampoco, si tiene el pasaporte perteneciente al Programa de Exención de Visa (VWP) y una autorización llamada ‘ESTA’. Por supuesto, los residentes permanentes legales en EE. UU. tampoco requieren cumplir con este trámite.

 

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