Quién puede y cómo se pide la plata que tenía una persona que falleció; hay requisitos

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2023-10-15 10:26:37

Si es el cónyuge o un heredero, puede adelantar el proceso sin juicio de sucesión, esto siempre y cuando no se supere la suma de 55 millones de pesos.

Cuando una persona fallece en Colombia, hay muchas dudas que quedan para sus familiares como qué pasa con sus propiedades, sus deudas, las multas, las cuentas de ahorro y mucho más, por lo que no es un proceso nada sencillo de llevar y menos con el dolor de perder a un ser querido.

(Ver también: “Gracias por dañar mis vacaciones”: cliente (famoso) denuncia lío con Scotiabank Colpatria)

Por ejemplo, en cuanto al dinero, realmente hay poca claridad sobre qué pasa con su cuenta de ahorros, cómo se retira esa plata, a quién se lo entrega el banco y más, por lo que es importante conocer el proceso a seguir para que la suma no se vaya a perder bajo ninguna circunstancia.

Qué hacer para reclamar el dinero de una persona fallecida

Tal como explicó el Ministerio de Justicia, lo primero que deben hacer los herederos es acercarse al banco en el que la persona que falleció tenía la cuenta de ahorros con una solicitud escrita para comenzar con el proceso.

Además, tenga en cuenta que se debe presentar con los siguientes documentos:

  • Copia autenticada del registro civil de defunción del titular de la cuenta.
  • Copia autenticada del documento que acredite el vínculo con el fallecido.
  • Copia de la cédula de ciudadanía de los herederos que están reclamando el dinero.
  • Declaración jurada de los interesados en la cual indiquen que no se ha nombrado administrador de los bienes del difunto.

Finalmente, se debe diligenciar el formato de entrega de saldos y con eso ya se inicia con el trámite para el movimiento de ese dinero a otra cuenta bancaria o para la entrega en efectivo.

Quiénes pueden reclamar el dinero de una persona fallecida

Por otro lado, tenga en cuenta que no cualquier persona puede reclamar dicho dinero, sino que, tal como explicó el Ministerio, debe ser el cónyuge, compañero o compañera permanente o los herederos.

Si lo hace alguna de estas personas, no se deberá esperar que se adelante el juicio de sucesión, siempre y cuando el monto que esté ahorrado en la cuenta no supere los 55’856.915 pesos.

(Ver también: Banco Caja Social hizo sorpresivo cambio que involucra a sus clientes y las formas de pago)

Ahora, si el dinero sí supera ese monto, ahí se debe esperar el proceso de sucesión para avanzar con el proceso, pero eso podría tomar incluso meses.

FUENTES CONSULTADAS

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