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El fondo público de pensiones hizo referencia a los pagos retroactivos a los cuales algunos pensionados tienen derecho por cuenta de diversos factores.
Obtener la pensión es uno de los fines de todo trabajador. Por eso, es clave que usted tenga en cuenta cuáles son las cifras correspondientes a semanas cotizadas y demás requisitos cruciales.
Aunque muchos llegan a las semanas y cumplen con todos los requisitos, la verdad es que por uno u otro factor se puede presentar un atraso en el pago que lleva al cotizante a recibir menos dinero por un tiempo.
(Vea también: Dan buenas noticias a pensionados por lo que pasó con su dinero en 2024: “Extraordinario”).
Para esas personas, existe la oportunidad de recibir un retroactivo de parte de Colpensiones que, dependiendo del monto, puede requerir de un proceso u otro.
“Tienen derecho al retroactivo pensional aquellos afiliados que, habiendo cumplido con los requisitos de edad y semanas cotizadas, no recibieron sus mesadas desde la fecha en que adquirieron el derecho hasta que se les reconoció formalmente la pensión”, detalla W Radio al respecto.
Colpensiones, en palabras citadas por ese medio, señala cómo es el proceso para aquellos que pueden pedir el retroactivo. La distinción se hace entre los que solicitan $ 28 millones o menos (20 salarios mínimos) y los que piden más de ese monto.
“Si el valor a ser reconocido es menor a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, puede presentar la demanda a nombre propio sin necesidad de recurrir a un abogado. Si supera dicho valor, es necesario contratar a un abogado para presentar la demanda”, destacó esa cadena radial.
Colpensiones es la entidad estatal encargada de administrar el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) en Colombia. Su función principal es gestionar el sistema de pensiones públicas, garantizando a los afiliados el acceso a una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, dependiendo de su situación.
A diferencia de los fondos privados de pensiones, que operan bajo un esquema de ahorro individual, Colpensiones funciona con un modelo de reparto, en el que las cotizaciones de los trabajadores activos se usan para pagar las pensiones de los actuales jubilados. Esto significa que el sistema depende del equilibrio entre quienes cotizan y quienes reciben la pensión.
Para acceder a la pensión de vejez en Colpensiones, los afiliados deben cumplir ciertos requisitos, como haber cotizado al menos 1.300 semanas (aproximadamente 26 años) y haber alcanzado la edad mínima de jubilación, que es de 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres.
Si una persona no cumple con estos requisitos, puede acceder a la indemnización sustitutiva, que consiste en la devolución de los aportes efectuados durante su vida laboral, ajustados con intereses. En el caso de la pensión de invalidez, se otorga a quienes pierden al menos el 50% de su capacidad laboral, siempre que hayan cotizado un número mínimo de semanas. Por otro lado, la pensión de sobrevivencia beneficia a los familiares de un afiliado fallecido, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por la ley.
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