En las últimas horas el Tribunal Administrativo del Valle emitió un fallo judicial, con el que se restringe la realización de eventos masivos en la popular ‘Carpa La 50’; ubicada en el barrio El Lido.

Según indicó el organismo, las actividades que se desarrollen en dicho espacio deberán cumplir con diferentes aspectos legales; entre ellos, un nivel de ruido moderado.

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Esto, luego de que en el año 2018 la comunidad de este sector de la capital vallecaucana interpuso una acción popular contra el Municipio, La Carpa y otras entidades. Argumentando vulneración a sus derechos; debido al excesivo ruido que generaban los conciertos y otros eventos que se realizan en el lugar.

De acuerdo al fallo de segunda instancia, es necesario salvaguardar los derechos colectivos al goce del espacio público y a un ambiente sano, de los habitantes del barrio El Lido; ante las constantes actividades realizadas en la ‘Carpa La 50’.

“Este sitio no cumple con el esquema de implementación y regularización complejo establecido en el POT”, especificó el Tribunal.

Frente al hecho, los demandantes expresaron que la decisión representa una victoria para la comunidad y un precedente para que las comunidades de otros sectores en los que se presentan problemas similares puedan hacer cumplir sus respectivos derechos.

Reacciones al fallo

Asimismo, la edil Darschan Ocampo, indicó que esta situación estaba generando desplazamientos internos, porque debían soportar múltiples situaciones que afectaban directamente a la población.

“La Carpa la 50 se puede quedar, pero no puede hacer ni siquiera un concierto de ranas. Ahora vamos por la Carpa La 66”, expresó la ciudadana.

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Finalmente, la concejal Diana Rojas también se refirió al hecho y manifestó que los habitantes de El Lido ganaron en la lucha por recuperar su derecho a la tranquilidad.