En el texto final del fallo, la corte aclaró que la convocatoria de los votantes tendrá que hacerse en una fecha en la que haya comenzado el proceso de dejación de armas, señala Caracol Radio.

El fallo resuelve las recientes discrepancias en la mesa de diálogo en La Habana entre los negociadores del Gobierno y la guerrilla. Estos últimos habían manifestado que solo comenzarían la desmovilización si el pueblo votaba a favor del plebiscito.

Por ende, es deber del Estado garantizar que ninguna amenaza, en particular aquella de carácter armado, limite el ejercicio de libertad. Esto supone, como es apenas natural, que el grupo armado ilegal con quien se negoció el contenido del acuerdo deponga el uso de las armas y de la violencia como paso previo y obligatorio a la refrendación popular”,

dice el fallo de la Corte sobre el plebiscito.

 

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