Audiencia revela red de corrupción en el AMVA: exdirectivos, contratos millonarios y pruebas clave en juego

Medellín
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Fiscalía destapa presunto desfalco de $18.000 millones en el AMVA: red de corrupción bajo investigación.

La segunda jornada de la audiencia de imputación de cargos contra el exdirector del Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA), Juan David Palacios, y tres personas más, representa un capítulo crucial en la investigación judicial por presunta corrupción durante la anterior administración de esa entidad, que actúa como autoridad ambiental en diez municipios de esta región antioqueña. Según lo recogido por El Colombiano, la Fiscalía presenta cargos por delitos como peculado por apropiación en favor de terceros y celebración indebida de contratos, hechos que involucran directamente a Palacios y a dos de sus subdirectoras en el periodo 2020-2023, Ana María Roldán Ortiz y Diana María Montoya Velilla.

En la audiencia se sumó Juan Alberto Cardona Henao, quien fuera tesorero y contador del cuerpo de bomberos de Itagüí, enfrentando cargos por presunta falsedad en documento privado. Se detalla que las conductas punibles investigadas giran en torno a seis contratos celebrados entre el AMVA y el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Itagüí, cuyo valor total supera los 18.000 millones de pesos. La investigación no es reciente ni aislada: entre octubre y diciembre del año pasado ya habían sido imputados otros tres funcionarios y exdirectivos del cuerpo de bomberos y el Área Metropolitana, incluidos Misael Cadavid y Elkin González. Estos alcanzaron la calidad de los primeros capturados en el entramado de presunta corrupción ligado al periodo de liderazgo de Daniel Quintero como alcalde de Medellín.

El proceso, que ya acumula 55 imputaciones, muestra la magnitud del caso y la aparente existencia de una red coordinada para direccionar la contratación y desviar recursos públicos. La Fiscalía expuso que la supuesta estrategia de corrupción trascendió la adjudicación irregular de contratos, pues involucró la designación de las subdirectoras Roldán y Montoya “por instrucciones de tercero” y la omisión de controles previstos por la ley 80 de 1993 sobre la correcta vigilancia en procesos contractuales. La investigación reveló, además, la sospecha de que Miguel Quintero, hermano del entonces alcalde, sería el verdadero dirigente de un grupo alterno que ejercía control sobre contrataciones en varias entidades públicas, incluido el AMVA.

Respecto a Cardona Henao, el foco está puesto en la supuesta falsificación de documentos para respaldar pagos que, según la comprobación de la Fiscalía, no habrían correspondido a servicios realmente prestados. Se examinaron 14 órdenes de pago y facturas, así como un recibo de transporte cuya autenticidad se cuestiona, por lo que los recursos habrían sido desviados.

El fiscal se pronunció enérgicamente en la audiencia indicando que estos hechos constituyeron una estrategia sistemática, posible gracias a la aquiescencia de la alta dirección del AMVA, en la que cada funcionario tuvo un rol crucial. De forma llamativa, al finalizar su periodo, Palacios habría ordenado el formateo de los equipos de los directivos, buscando eliminar evidencias y dificultar la trazabilidad del actuar ilegal. Además, la Fiscalía propuso al juez que se reconozca la existencia de un Grupo Delictivo Organizado (GDO), lo que podría acarrear consecuencias jurídicas adicionales.

Mientras la defensa plantea cuestionamientos respecto a las pruebas y la participación de los imputados, la audiencia continuará para que la Fiscalía responda a estas inquietudes y profundice en la exposición de los hechos, marcando un nuevo hito en el caso que sigue teniendo repercusión en entidades como el AMVA, la Empresa de Desarrollo Urbano y Metroparques.

¿Cuál es el alcance de la Ley 80 de 1993 mencionada por la Fiscalía en el contexto de este caso?

La Ley 80 de 1993, citada como elemento clave por la Fiscalía dentro de esta investigación, establece el marco normativo general para la contratación estatal en Colombia. Este cuerpo legal regula cómo las entidades públicas deben adquirir bienes y servicios, imponiendo criterios de transparencia, selección objetiva, y vigilancia para prevenir irregularidades o corrupción. En este caso concreto, la omisión de controles y vigilancia exigidos por la ley es uno de los ejes de la imputación contra los exfuncionarios del AMVA, considerándose que dicha negligencia permitió la presunta desviación de recursos públicos.

La pertinencia de la Ley 80 radica en que, si se demuestra que los responsables eludieron sus obligaciones de control, no solo enfrentarían cargos penales, sino que también se reafirmaría la importancia de este instrumento legal para impedir prácticas indebidas dentro de la gestión pública y garantizar el correcto uso de los recursos del Estado.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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