Consejo de Estado confirma nulidad de contrato de malla vial en Medellín y ordena pago millonario tras irregularidades en adjudicación

Medellín
Tiempo de lectura: 4 min
por: 

El Colombiano es un grupo editorial multiplataforma con más de 110 años de existencia. Nació en la ciudad de Medellín en Antioquia. Fundado el 6 de febrero de 1912 por Francisco de Paula Pérez, se ha especializado en la investigación y generación de contenidos periodísticos para diferentes plataformas en las que provee a las audiencias de piezas multimediales informativas, de tendencias y de otros recursos destinados a mejorar la calidad de vida del individuo. El Colombiano hace parte de Periódicos Asociados Latinoamericanos (PAL), al que pertenecen otras importantes casas editoriales de Latinoamérica.

Visitar sitio

La condena asciende a $2.496 millones y ordena el reembolso parcial por parte de una exfuncionaria municipal.

En una decisión de segunda instancia, la Sección Tercera del Consejo de Estado confirmó la nulidad de la licitación adjudicada en 2023 para el mantenimiento de la malla vial de Medellín, durante la administración de Daniel Quintero. De acuerdo con El Colombiano, la sentencia determinó que el Distrito de Medellín rechazó de manera ilegal la propuesta presentada por el Consorcio Génesis, la cual representaba la opción más beneficiosa para la ciudad. Como consecuencia de este fallo, el Distrito fue obligado a pagar al demandante una suma de $2.496 millones, correspondiente a la utilidad que el Consorcio Génesis dejó de recibir por no ser contratado.

El Consejo de Estado también declaró responsable a Evelyn Tatiana Beltrán Sierra, quien fungía como secretaria de Suministros y Servicios en ese momento. La funcionaria deberá reembolsar al Distrito el 45% de la condena, pues el tribunal dictaminó que actuó con culpa grave al apartarse de las recomendaciones técnicas que calificaban a Génesis como el mejor proponente, sin una justificación técnica suficiente ni objetiva. La denuncia, revelada originalmente por El Colombiano, expuso que la evaluación de la oferta del Consorcio Génesis fue desestimada bajo el argumento de un “precio artificialmente bajo”. No obstante, la investigación demostró que Génesis explicó su ventaja en costos con razones válidas: uno de sus integrantes era socio mayoritario de una planta asfáltica y disponía de maquinaria propia, factores que abarataban la producción y el transporte.

Según el fallo, las autoridades del Distrito de Medellín emplearon un informe técnico inadecuado, donde se compararon precios de materiales y formatos distintos, incluso llegando a contrastar toneladas con metros cúbicos sin convertir las medidas de manera adecuada. Adicionalmente, durante la audiencia de adjudicación, Génesis tuvo menos de tres horas para defender la complejidad de su propuesta, restringiendo su derecho a justificar su competitividad.

Por otra parte, el Consejo de Estado revocó la responsabilidad atribuida inicialmente al revisor técnico, Rubén Darío López Giraldo, concluyendo que su informe no era vinculante y que la responsabilidad final recaía en la delegada contractual. Finalmente, esta sentencia anuló el contrato de obra 4600098664 de 2023, el cual había sido cedido para ejecución al Consorcio Mecamed 2023. El Distrito tiene un plazo de seis meses para que la exfuncionaria cumpla con el reembolso parcial.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿Por qué el Consejo de Estado anuló el contrato de la malla vial en Medellín?

El Consejo de Estado anuló el contrato porque encontró que la oferta más favorable para la ciudad, presentada por el Consorcio Génesis, fue rechazada de forma ilegal por parte de la administración de Medellín. La decisión se basó en errores graves de análisis técnico y falta de justificación en el proceso de adjudicación, en especial en el manejo de los precios ofertados y la limitación del derecho de defensa del proponente, según El Colombiano.

¿Qué implica la responsabilidad patrimonial de la exsecretaria Evelyn Tatiana Beltrán Sierra en este caso?

La responsabilidad patrimonial implica que Evelyn Tatiana Beltrán Sierra, en calidad de exsecretaria de Suministros y Servicios, deberá reembolsar al Distrito de Medellín el 45% del valor de la condena, por haber actuado con culpa grave en el proceso de adjudicación. El tribunal consideró que su proceder se apartó injustificadamente de las recomendaciones técnicas y usó informes defectuosos para sustentar el rechazo de la oferta más conveniente.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Sigue leyendo