Personas afectadas por el terremoto en Colombia podrán postularse nuevamente al Subsidio Familiar de Vivienda según Ley 2597
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Visitar sitioLa Ley 2597 de 2026 introdujo ajustes al mecanismo, ampliando opciones para damnificados por desastres.
El terremoto ocurrido el 10 de agosto de 2026 en Colombia, con epicentro en San José del Palmar, Chocó, y una magnitud de 7,4, dejó serias afectaciones en varias regiones del país, entre ellas Pereira y otros municipios del Eje Cafetero. Ante este desastre natural, muchas familias perdieron sus casas o quedaron con viviendas inhabitables. Frente a esta situación, ha surgido una importante información: quienes ya habían accedido previamente al Subsidio Familiar de Vivienda podrán postularse nuevamente en caso de haberlo perdido todo en esta emergencia, de acuerdo con la legislación colombiana.
La Ley 2597 de 2026, aprobada y sancionada el 9 de julio, antes del terremoto, modificó el artículo 6 de la Ley 3 de 1991, permitiendo una segunda postulación al subsidio cuando la pérdida de la vivienda esté debidamente acreditada por desastres naturales, calamidad pública, emergencia o situaciones previstas en la norma. Así lo explicó el senador Jota Pe Hernández, quien resaltó que la norma contempla de forma expresa la posibilidad de solicitar el beneficio una segunda vez en estos casos, y no deja automáticamente por fuera a quien lo recibió anteriormente si sufrió una nueva afectación.
Para quienes desean acceder a este beneficio, primero es clave verificar que la afectación de su vivienda figure en el censo oficial de damnificados elaborado tras la emergencia. Este es requisito fundamental para poder presentar la solicitud. Además, es indispensable contar con pruebas claras: actas de visita, registros de autoridades, fotografías, documentos de propiedad y cualquier soporte que acredite que la vivienda fue destruida o quedó inhabitable. Solo así podrá avanzar en el proceso de postulación.
La presentación de la solicitud varía dependiendo de si el hogar está afiliado a una Caja de Compensación Familiar, en cuyo caso debe hacerlo a través de dicha entidad, o si corresponde acudir a los canales abiertos por el Ministerio de Vivienda. Es importante recalcar que tener el derecho a postularse no implica que el subsidio se entregue de manera automática. Según la Ley 2597, la asignación depende de las condiciones que fije el Gobierno Nacional y de la disponibilidad presupuestal.
La normativa antes del terremoto ya permitía estos casos, pero la Ley 2597 los amplió y precisó el derecho a una segunda postulación. El éxito en la solicitud dependerá de seguir los pasos señalados por las autoridades, cumplir los requisitos legales y presentar la documentación adecuada en los plazos que se definan para la convocatoria.
¿Cómo pueden las personas afectadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026 postularse por segunda vez al Subsidio Familiar de Vivienda?
Las personas afectadas deben asegurarse de aparecer en el censo oficial de damnificados y recopilar todas las pruebas necesarias para acreditar la pérdida o inhabilidad total de la vivienda. Luego, según su afiliación, deben postularse a través de la Caja de Compensación Familiar o los mecanismos dispuestos por el Ministerio de Vivienda, siguiendo las fechas y condiciones oficiales para la convocatoria.
¿Qué significa que la asignación del subsidio dependa de la disponibilidad presupuestal?
Esto implica que, aunque la ley reconoce el derecho a postularse nuevamente, el subsidio solo será entregado si el Gobierno Nacional dispone de los recursos económicos suficientes; la priorización y aceptación de las solicitudes dependerán de la reglamentación y el presupuesto existente en el momento.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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