Habría importante cambio con pago de cesantías de trabajadores en cierto tipo de empresas

Economía
Tiempo de lectura: 3 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

Por: 

Suministro de información económica, política, financiera y bursátil

Visitar sitio

La Corte Constitucional dio a conocer una importante explicación sobre los pagos que deben hacer las empresas familiares y declaró norma inexequible.

La Corte Constitucional se refirió a un importante cambio que se pretendía llevar a cabo en Colombia y que tiene como protagonistas a las empresas familiares y el pago por cesantías a sus trabajadores.

Puntualmente, dice el alto tribunal que la decisión se toma pues se desconoció el derecho a la igualdad y los derechos mínimos e irrenunciables de los trabajadores.

De esta manera, se declara inexequible la norma que excluía el pago del auxilio de cesantías a los trabajadores de la industria de las empresas familiares en Colombia.

“La Sala Plena analizó una demanda de inconstitucionalidad en contra del literal a) del artículo 251 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual establece una excepción a la regla general del pago del auxilio de cesantías a los trabajadores pertenecientes a la industria puramente familiar”, agrega el pronunciamiento.

(Vea también: Empleados por días también tienen derecho a las cesantías: así se deben calcular)

A ojos del demandante, la causa se basa en el criterio sospechoso de discriminación de origen familiar y, además, “resulta lesiva de los derechos de los trabajadores, pues al desconocérseles el pago de las cesantías (que se entiende como un ahorro programado en caso cesación del vínculo laboral) vulnera su dignidad humana y la justicia en materia laboral”, dice el pronunciamiento sobre el pago de cesantías en empresas familiares de Colombia.

¿Qué pasará con el pago de cesantías en empresas familiares de Colombia?

Justamente la decisión de la Corte se basó en el origen familiar que puede limitar el derecho al trabajo y los derechos mínimos e de los trabajadores.

(Vea también: Empresas que no paguen a tiempo las cesantías en Colombia podrían recibir duras sanciones)

Sobre el pago del auxilio de cesantías para trabajadores en empresas familiares en Colombia, la Corte observó que, aunque la norma sí perseguía un fin imperioso, “la encontró desproporcional porque le imponía una carga desmedida al trabajador y a su familia que los deja en una situación de total desprotección en caso de desempleo”.

Finalmente, desde la Corte Constitucional aseguran que el alivio por el no pago del auxilio de cesantías podría reemplazarse por otro de carácter tributario o societario.

Recomendado: Cesantías en Colombia: Se acerca el último plazo para el pago

“En conclusión, la Corte determinó que el trabajador de la industria puramente familiar tendrá derecho al auxilio de cesantía, a sus intereses y a cualquier otro derecho accesorio al que haya lugar por concepto de ella”, concluye la comunicación de la Corte Constitucional.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Novelas y TV

Cancelarían programa del Canal RCN porque presentadora se la llevaría mal con el director

Economía

Golpe para los que tienen CDT: les dicen cuándo comenzarían a pagar intereses del 6 %

Loterías

Lotería de Cundinamarca resultado último sorteo hoy 20 de mayo y nuevo premio

Economía

Cuánto vale rumbear y comer en Patrona, discoteca que abrió Shaira en Bogotá; no es barato

Economía

Almacenes Éxito con precios de remate en artículo clave para hogar; descuento de hasta 53 %

Economía

Ara sacó accesorio que ayudará a muchos con sus comidas; cuesta menos de $ 20.000

Loterías

Lotería del Tolima último sorteo hoy 20 de mayo nuevo premio y resultado

Economía

D1 lanzó promoción para producto clave en muchos hogares: se conseguirá por $ 17.000

Sigue leyendo