Golpe para miles de deudores en Colombia desde agosto: medida de Superfinanciera pega al bolsillo

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La tasa de usura para los créditos de consumo y ordinario se ubicará en 29,66 % efectivo anual, superior a la que estuvo vigente durante julio. 

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) certificó un incremento en el Interés Bancario Corriente (IBC) para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, lo que también implica un aumento en la tasa de usura que regirá durante agosto de 2026.

De acuerdo con la entidad, el Interés Bancario Corriente quedó certificado en 19,77 % efectivo anual para el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de agosto de 2026, cifra que representa un incremento de 58 puntos básicos frente al 19,19 % vigente durante julio. La decisión se tomó con base en la información reportada por los establecimientos de crédito entre el 3 y el 24 de julio de este año.

Como consecuencia de este ajuste, la tasa de usura para los créditos de consumo y ordinario se ubicará en 29,66 % efectivo anual, superior a la que estuvo vigente durante julio.

La tasa de usura corresponde al interés máximo que las entidades financieras y demás prestamistas pueden cobrar por este tipo de créditos en Colombia. Cobrar por encima de este límite constituye el delito de usura, de conformidad con el Código Penal colombiano.

Además del crédito de consumo y ordinario, la Superfinanciera certificó las siguientes tasas de usura para las demás modalidades de crédito que estarán vigentes durante agosto:

El aumento de la tasa de usura refleja el comportamiento reciente del costo del crédito en el sistema financiero colombiano, dado que este indicador se calcula a partir del Interés Bancario Corriente certificado mensualmente por la Superintendencia Financiera.

Este último sirve como base para establecer el límite máximo de los intereses remuneratorios y moratorios permitidos en el país, así como para determinar la configuración del delito de usura.

 

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