Golpe al bolsillo para estratos 4, 5 y 6: pagarán más plata por servicio público
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Visitar sitioLuego de que se declarara Estado de Emergencia Económica, Social y Ecologíca en La Gujira, se dieron ha conocer los decretos expedidos.
El presidente de Colombia, Gustavo Petro, anunció en julio pasado la declaratoria de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en La Guajira.
(Lea también: Alerta sobre servicio público en Colombia por riesgo que traería para muchas personas)
Al respecto, se dieron a conocer los decretos expedidos a partir de dicha declaratoria. Los documentos, firmados por todos los ministros, tienen como objetivo adoptar “todas aquellas medidas adicionales necesarias para enfrentar la crisis y evitar la propagación de sus efectos. Además, se autoriza a realizar las operaciones presupuestales requeridas para su implementación”, según lo establecido en el decreto de declaración de emergencia.
Así las cosas, en el decreto 1276, en el que se adoptan medidas para ampliar el acceso al servicio de energía eléctrica y preservar los medios de subsistencia de la población, con la finalidad de superar la crisis humanitaria, se anuncia un aumento en las facturas de energía para los estratos 4, 5 y 6, y para los comercios e industrias.
“Con el fin de contar con recursos para la energización del área rural y no interconectada al Sistema Interconectado Nacional (SIN) en el departamento de La Guajira, desde el mes siguiente a la expedición del presente decreto legislativo y hasta el término de seis (6) meses o por un término mayor que determine el Congreso dentro del año siguiente, se incluirá en todas las facturas del servicio público de energía eléctrica que se emitan en el resto territorio nacional, un valor denominado “Aporte Departamento de la Guajira” por valor de mil ($ 1.000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios de estratos 4, 5 Y 6. Y por un valor de cinco mil ($ 5.000) pesos colombianos (COP) por factura, cuyo pago será obligatorio para los usuarios comerciales e industriales.
(Vea también: Cambio en servicio público beneficiaría a miles de colombianos; muchos no lo tienen)
Los pagos serán recaudados por el emisor de la factura, quien deberá poner a disposición del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas (FAZNI) los montos recaudados por este concepto. La administración de los fondos recaudados corresponderá al Ministerio de Minas y Energía” señala el decreto.
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