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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) investigará a la empresa de bebidas por publicidad engañosa, pues hacen ver esas bebidas como “saludables”.
La SIC formuló cargos contra Postobón, luego de que Red PaPaz interpusiera una queja porque los comerciales que promocionaban los jugos ‘Hit’ incentivaban el consumo de esas bebidas “de manera engañosa”, informó El Espectador.
Red PaPaz alegó que con el eslogan ‘Elige Hit, la fruta de verdad’, la empresa hace pensar que “Hit es jugo, que Hit es fruta de verdad, que Hit es saludable y que Hit es un alimento ideal para la lonchera, es decir, para el consumo diario de los niños”, cosa que, según la corporación, “no corresponde a la realidad del producto”, dice el diario.
En ese sentido, la SIC le pidió a la empresa sustentar frases como: “Mi mamá sabe que me encanta la fruta, por eso en mi lonchera siempre hay ‘Hit’”, que se utilizó en un comercial, en el que los protagonistas son niños. Pero Postobón alegó que esas expresiones son “indiscutiblemente subjetivas” y “no requieren de soporte técnico o científico”, de acuerdo con el medio.
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Además, asegura el periódico, la compañía de bebidas se justificó diciendo que “no se está manifestando que el refresco de frutas es mejor que las frutas en sí mismas o que está hecho 100% de este ingrediente” sino que los jugos ‘Hit’ es un refresco de frutas “que resulta ser nutricionalmente una opción, la mejor si se quiere” en el mercado.
Pero ese argumento no fue suficiente para la SIC, pues no hay un soporte de que los jugos ‘Hit’ tengan un valor nutricional mayor a otros jugos procesados del mercado y, por lo mismo, considera que la publicidad de Postobón “carecería de claridad, veracidad, suficiencia”, lo que vulneraría los derechos de los niños y adolescentes, de acuerdo con El Espectador.
La empresa de bebidas podría pagar una millonaria multa, si la SIC concluyé que Postobón sí incurrió en publicidad engañosa.
Entre tanto, en un comunicado, Postobón se defendió y señaló que “‘Hit’ cuenta con un portafolio extenso con diferentes porcentajes de contenido de fruta (llegando incluso al 100 %). Todas las referencias de ‘Hit’ cumplen con la normatividad existente en el país, que regula la categoría de bebidas con fruta”.
En el texto, la compañía también aseguró que “en una primera instancia la SIC resuelve no acceder a la petición de medidas cautelares solicitadas por la denunciante”.
A continuación, el comercial por el que Red Papaz interpuso la queja ante la SIC.
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