Corte Constitucional avala reforma pensional pero ordena al Congreso corregir artículos clave por vicios de trámite
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Visitar sitioEl Congreso tiene 30 días desde el 17 de septiembre para rehacer el trámite de los artículos señalados.
La Corte Constitucional hizo pública este martes 15 de septiembre la sentencia completa sobre la polémica reforma pensional, ratificando la validez de la mayoría de sus artículos, pero devolviendo al Congreso varios apartados para que sean corregidos por vicios de trámite detectados durante el proceso legislativo. De acuerdo con la sentencia, publicada oficialmente tras el anuncio previo de la decisión, el Congreso —específicamente la Cámara de Representantes— deberá revisar nuevamente ciertas disposiciones, para lo cual cuenta con un plazo de 30 días calendario que inicia el 17 de septiembre.
La sentencia, conformada por 178 páginas, precisa que el trámite de los artículos señalados deberá rehacerse conforme a las formalidades establecidas, iniciando una vez se comunique oficialmente la decisión. Esto ocurre después de que la reforma ya había retornado una vez al Congreso, en medio de observaciones del Gobierno y convocatorias de sesiones extraordinarias encabezadas por el anterior ministro del Interior, Armando Benedetti. Sin embargo, en ese momento persistieron las dudas sobre la corrección completa de las fallas, ya que la Corte aún no había dictado su fallo final.
Entre los artículos cuestionados que deben ser corregidos, según la Corte Constitucional, figuran apartados de los artículos 11, 14, 19, 23, 36, 63, 84, 92 y 93, más una proposición sobre un artículo nuevo. De hecho, entre los temas clave en revisión sobresale el artículo 84, sobre el régimen tributario de los cuatro pilares de la reforma: solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario. El artículo 93, que plantea un régimen especial para pueblos indígenas y otras comunidades étnicas, también fue devuelto en su totalidad. Además, se revisará un inciso del artículo 92, relativo a la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, el cual establece directrices para la política de inversión de esos recursos.
A pesar de las devoluciones, otros aspectos esenciales de la reforma quedaron ratificados. Se mantienen, por ejemplo, el porcentaje de cotizaciones obligatorias que irá a Colpensiones, la creación de un fondo administrado por el Banco de la República y la validez de los cuatro pilares. Otro punto clave es que las mujeres que hayan alcanzado la edad mínima de pensión, pero no el número de semanas cotizadas, podrán sumar 50 semanas por cada hijo (máximo tres), es decir, hasta 150 semanas adicionales.
Según la sentencia C-264 de 2026, las disposiciones exequibles entrarán en vigor el 1 de abril de 2027; los artículos devueltos dependerán de que se subsanen los defectos señalados. Tras la corrección, el presidente de la Cámara, Nicolás Barguil, deberá informar a la Corte con las actas y documentos respectivos para verificar el cumplimiento.
La decisión, aprobada con siete votos a favor y uno en contra, deja parcialmente en firme la Ley 2381 de 2024, que establece el sistema integral de protección social para la vejez, la invalidez y la muerte de origen común.
¿Cuáles son los artículos que debe corregir el Congreso en la reforma pensional, según la Corte Constitucional?
De acuerdo con la sentencia, la Corte Constitucional ordenó al Congreso revisar apartados específicos de los artículos 11, 14, 19, 23, 36, 63, 84, 92 y 93 de la Ley 2381 de 2024, además de una proposición sobre un artículo nuevo. Los artículos 84 y 93 son especialmente relevantes por incluir temas tributarios y regímenes étnicos.
¿Cuándo entrarán en vigencia los cambios aprobados en la reforma pensional por la Corte Constitucional?
Según la sentencia C-264 de 2026, los artículos declarados exequibles en la reforma pensional comenzarán a regir el 1 de abril de 2027. En cambio, la aplicación de los artículos devueltos al Congreso dependerá de que se subsanen los defectos de trámite señalados por la Corte y sean validados posteriormente.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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