Economía
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La nueva reforma ratifica la posibilidad de aportar por periodos inferiores a un mes, como días o semanas, en casos específicos. Así funciona.
Sin lugar a dudas, uno de los momentos más esperados por aquellas personas que trabajaron toda su vida es el de pensionarse y vivir en total tranquilidad, disfrutando del esfuerzo que hicieron durante tantos años. Lo complejo de ese sueño es que muchos trabajadores en el país no pueden darse ese lujo, pues no cuentan con las condiciones de ley para cobrar su pensión.
(Vea también: Estos trabajadores en Colombia se podrán pensionar de 55 años y recibir grandes beneficios)
Al respecto, hay que apuntar que la reforma pensional aprobada en 2025 no cambió la forma en que deben aportar las personas que trabajan por días o semanas, sino que confirmó lo que ya estaba vigente en la ley colombiana, según comentan los expertos en derecho laboral en el país.
En Colombia, la cotización para pensión se calcula por semanas, lo que lleva a que los trabajadores sepan cuándo cumplieron con el tiempo necesario de cotización, sumado por supuesto a la edad obligatoria de pensión. El Ministerio de Trabajo aclaró que la nueva modalidad permite que personas que laboran por menos de un mes y reciben menos de un salario mínimo accedan al sistema de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar.
En ese sentido, para quienes trabajan por días también existe una opción válida de cotización. Esto aplica siempre y cuando la persona no labore más de 20 días en el mes. Si supera ese límite, debe aportar por el mes completo. Así lo indicó Jorge Rincón, exdirector regional de Colpensiones en Antioquia.
De acuerdo con el concepto de Camilo Cuervo, abogado laboralista de la Pontificia Universidad Javeriana, para El Tiempo, la mencionada reforma no modificó esta opción, sino que la dejó establecida en la nueva legislación aplicada para 2025.
En el artículo 27 de la reforma pensional, se describen los tramos de cotización según el número de días trabajados:
Quienes trabajen por días y estén afiliados como independientes pueden aportar según los días efectivamente trabajados, lo que les permitirá acumular semanas y lograr también su anhelada pensión.
Por último, el artículo 28 de la reforma establece que el ingreso base para calcular la cotización semanal será una cuarta parte del salario mínimo legal mensual vigente. Para riesgos laborales, la base seguirá siendo el salario mínimo completo.
El Gobierno Nacional propone ese cambio en la forma en la que millones de colombianos (quienes no cuentan con un empleador directo o trabajan en condiciones desfavorables por su tipo de contrato), como una manera de vincularlos al sistema de seguridad social.
Se verán reflejadas esas novedades de la reforma, a partir del primero de julio de 2025. Desde ese día, los trabajadores independientes en Colombia empezarán a sentir los efectos de la nueva reforma pensional, aprobada por el Congreso y sancionada como la Ley 2381 de 2024.
La norma, que se fundamenta en un modelo de pilares (contributivo, semicontributivo, solidario y voluntario), busca ampliar la cobertura y protección en la vejez otorgando mayores ayudas a quienes no han podido cotizar regularmente para su pensión, a través de los años.
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