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Quienes no cumplan con su declaración recibirán sanciones y cobros extras desde el 5 % en adelante por cada mes o fracción de retraso en el impuesto a cargo.
Las personas naturales que declararán renta en 2020 serán las mismas que hayan registrado un patrimonio bruto igual o superior a cuatro mil quinientas (4.500) Unidades de Valor Tributario -UVT- ($ 154.215.000) a 31 de diciembre de 2019.
También, explicó la Dian, las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones:
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