Vea si le tocará declarar renta en 2020 en Colombia por la nueva reforma tributaria
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Quienes no cumplan con su declaración recibirán sanciones y cobros extras desde el 5 % en adelante por cada mes o fracción de retraso en el impuesto a cargo.
Las personas naturales que declararán renta en 2020 serán las mismas que hayan registrado un patrimonio bruto igual o superior a cuatro mil quinientas (4.500) Unidades de Valor Tributario -UVT- ($ 154.215.000) a 31 de diciembre de 2019.
También, explicó la Dian, las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones:
- Ingresos brutos iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) Unidades de Valor Tributario -UVT- ($ 47.978.000) durante el año 2019.
- Consumos mediante tarjetas de crédito iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) Unidades de Valor Tributario -UVT- ($47.978.000) durante el año 2019.
- Compras y consumos totales iguales y superiores a mil cuatrocientas (1.400) Unidades de Valor Tributario -UVT- ($47.978.000) durante el año 2019.
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, valor total acumulado iguales o superiores a mil cuatrocientas (1.400) Unidades de Valor Tributario -UVT- ($47.978.000) durante el año 2019.
- Responsable del Impuesto Sobre las Ventas -IVA- del Régimen Común, al cierre del año gravable 2019.
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