El cambio que tuvo la reforma tributaria que pondría a pagar a muchos en Colombia

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El impuesto al patrimonio fue uno de los cambios más importantes al sistema de recaudo fiscal que tuvo la reforma tributaria del año anterior.

Uno de los cambios más importantes al sistema de recaudo fiscal que tuvo la reforma tributaria del año pasado, tiene que ver con la declaración del impuesto al patrimonio en Colombia.

(Vea también: Se vendrían más impuestos a personas: nuevo ministro de Hacienda avisa desde ya)

Es importante tener en cuenta que el impuesto al patrimonio lo deben pagar las personas naturales, nacionales o extrajeras, y las sucesiones ilíquidas y sociedades extranjeras, que posean un patrimonio igual o superior a 72.000 UVT (Unidad de Valor Tributario). Unos 3.053’664.000 pesos.

De igual manera, vale la pena recordar que para 2023, con la reforma tributaria, se prevén ingresos por los $11,1 billones por este gravamen, una cifra que se reduciría con fuerza desde 2025, a los $3,9 billones y hasta los $2,9 billones a cierre del gobierno del presidente Gustavo Petro.

Impuesto al patrimonio en Colombia: empiezan los pagos para 2023. Foto: tomada de Pixabay – caruizp

Fechas de vencimiento para la declaración del impuesto al patrimonio en Colombia

Bajo esa misma línea, es indispensable que las personas sepan los plazos para dicho pago con el fin de no caer en sanciones por el incumplimiento.

Para las personas que deban declarar el Impuesto al Patrimonio correspondiente al 2023, deberán realizar la declaración y el pago en los siguientes plazos:

  • Primera cuota: entre el 9 y el 23 de mayo de 2023
  • Segunda cuota: entre el 7 y el 20 de septiembre de 2023

Esto según el último dígito del Número de Identificación Tributaria.

(Lea también: “Descuento de hasta $300.000”: Bancolombia ilusionó a sus clientes por cambio en este 2023)

¿Qué es el impuesto al patrimonio?

El impuesto sobre el patrimonio (IP) es un tributo directo que grava la propiedad o posesión del patrimonio, recayendo sobre su valor neto, con carácter periódico.

En ese sentido, se trata de un tributo individual que recae sobre las personas y es complementario del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), que actualmente está regulado en la Ley 19/1991, de 6 de junio, del impuesto sobre el patrimonio.

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