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Pueden ser un salvavidas para cualquier inversión.
Ya se acerca la época en la que los empleadores deben consignar las Cesantías de sus trabajadores. Sin embargo esta prestación social aún genera muchas inquietudes. Por eso, en Pulzo, consultamos al fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir para resolver algunas de las preguntas más frecuentes sobre cómo las puede utilizar responsablemente.
Las Cesantías son una prestación social a la que tiene derecho todo trabajador con un vínculo laboral y equivalen a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional si el período es menor a 12 meses. Si se trata de un trabajador independiente, puede afiliarse voluntariamente y ahorrar la doceava parte de sus ingresos anuales como Cesantias.
En el caso de los trabajadores que tengan un salario integral (más de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes) o contrato de prestación de servicios, el empleador no está obligado a reconocer esta prestación.
Este dinero debe ser consignado cada año por el empleador, máximo hasta el 14 de Febrero.
El objetivo principal de este ahorro es poder servir como un auxilio en caso de quedar cesante, es decir, desempleado. Sin embargo, la ley colombiana también permite que este dinero se utilice para temas de educación y/o vivienda.
Por ejemplo, se pueden retirar para pagar el semestre de la universidad. Y para vivienda, pueden ayudar para la cuota inicial de un apartamento, para hacer reformas de la casa o pagar impuestos.
Las personas que estén afiliadas a un fondo privado como Porvenir pueden escoger cómo quieren ahorrar sus Cesantías, ya que existen los Portafolios de Cesantías.
El de corto plazo está orientado a las personas que van a utilizar sus Cesantías en menos de 1 año, como, por ejemplo, para pagar la universidad o pagar algún impuesto de vivienda, como el predial. El de largo plazo está orientado a aquellos que conservarán sus Cesantías por un período mayor a u año: por ejemplo, para ahorrar y pagar la cuota inicial de una casa.
Cada uno de estos tiene sus propias características de inversión y rentabilidad, y usted lo debe escoger según sus objetivos de ahorro.
Es la utilidad sobre el valor de las Cesantías que los empleadores deben pagarle a los trabajadores directamente por nómina. Dicho interés, por ley, corresponde al 12 % anual. Para ello, el empleador debe:
Hay factores esenciales a la hora de optar por la administradora que mejor se adapta a sus necesidades. Entre ellos, la seguridad, solidez, liquidez y accesibilidad a los servicios prestados por esta. Una decisión tan importante no debería tomarse a la ligera. Por tanto, el fondo escogido tendría que brindar a sus afiliados un respaldo financiero y un servicio fácil, rápido y seguro las 24 horas, que a su vez, no sobra precisar, deben ser vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia.
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